El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este viernes la reforma a la Constitución impulsada por el presidente Andrés López que elimina el fuero de los mandatarios para que puedan afrontar juicios penales.

«Durante el tiempo de su encargo, el Presidente de la República podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano«, estableció la reforma al artículo 108.

La eliminación del fuero, que entrará en vigor este sábado, es una de las principales promesas de López con la excusa de eliminar la corrupción «barriendo las escaleras de arriba hacia abajo«.

El Congreso aprobó en noviembre de 2020 la reforma al artículo 108 de la Constitución, que hasta ahora establecía que el presidente solo puede ser acusado de traición a la patria y delitos graves mientras esté en el cargo.

La reforma también modificó el artículo 111 de la Constitución para que se pueda «proceder penalmente contra el presidente de la República«, aunque mantiene la necesidad de acusarlo ante el Senado, como estipula el artículo 110.

«En este supuesto, la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable«, estableció.

Por ello, el Partido Acción Nacional (PAN) denunció que es «un engaño» que la reforma elimine la protección presidencial.

«El presidente sigue teniendo fuero ya que el Senado mexicano es la gran aduana que decide si procede o no cualquier acusación«, afirmó Juan Carlos Romero, el coordinador blanquiazul en la Cámara de Diputados.

José Ramón Cossío, ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), también destacó que «hubo cambios, pero se mantiene» el fuero presidencial.

En cambio, Olga Sánchez Cordero, también es ministra en retiro de la Suprema Corte, cuestionó la reforma porque «el fuero es una protección constitucional al primer mandatario de este país«.