En votación unánime, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la penalización del aborto en el estado de Coahuila, en un criterio que ahora será obligatorio para todos los jueces del país.

La corte reinició este martes una discusión en la que ya ocho ministros se habían pronunciado ayer por declarar inconstitucionales este tipo de medidas.

Este martes tocaba el turno de tres de los 11 ministros para emitir sus pronunciamientos sobre la propuesta de Luis María Aguilar Morales de declarar inconstitucional el artículo 196 del Código Penal de Coahuila, que establece hasta tres años de cárcel a quienes abortan de manera voluntaria.

Sin embargo, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo no está presente por “causas de fuerza mayor”, según explicó el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar.

Este lunes, ocho ministros de la SCJN se pronunciaron por anular la criminalización del aborto en Coahuila, establecida aun para casos de violación. El análisis del asunto continuó hoy con el pronunciamiento de tres ministros más.

La Corte emitió esta declaración al resolver la acción de inconstitucionalidad presentada por la extinta Procuraduría General de la República (hoy FGR) contra el Código Penal de Coahuila, por lo que la resolución dictada por los ministros tiene como efecto la eliminación del artículo 196 que prevé hasta tres años de cárcel a las mujeres que se practican abortos de manera intencional.

El proyecto fue realizado por el ministro Luis María Aguilar Morales quien lo presentó ante el Pleno este lunes y al inicio de su exposición aclaró que su propuesta no trata de defender el derecho al aborto sino el derecho de la mujeres a decidir libremente sobre su vida.

Con información del El Universal