La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó este jueves que es inconstitucional que exista una protección “a la vida desde la concepción” en el estado de Sinaloa, en un criterio que se extenderá a otros estados de la república.

La resolución de la Corte está relacionada con un proyecto de análisis de una acción de inconstitucionalidad de diputados del Congreso de Sinaloa hecha en 2018, luego de que dicha legislatura aprobara una reforma para proteger “la vida desde la concepción”.

En el proyecto, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena determinó que esta acción de inconstitucionalidad es procedente.

La determinación de la Corte crea un criterio obligatorio; es decir, en aquellos estados en donde haya leyes con este tipo de protección, si alguna mujer o persona gestante es criminalizada por interrumpir un embarazo, esto será contrario a los derechos humanos y pueden ampararse.

Esta decisión ocurre luego de que esta misma semana la Suprema Corte declarara como inconstitucional la penalización total del aborto.