El gobierno de la Ciudad de México realizó una propuesta al congreso de la capital para sancionar a quienes emplaquen sus automóviles otro lugar que no corresponda al de su lugar de residencia. Esta propuesta pertenece a los planes de las autoridades de la capital para aumentar el registro de contribuyentes y para luchar contra la evasión fiscal.

El documento no especifica si este arreglo será para los automóviles ya emplacados o solamente para los que sean comprados en agencias automotrices.

Además, la iniciativa tiene como objetivo que las personas físicas y morales, tengan como obligación que sus placas correspondan a sus domicilios en Ciudad de México.

“Es importante señalar que la reforma al párrafo primero del referido artículo 160, atiende en estricto sentido a combatir de una manera más eficaz los esquemas de evasión fiscal que se han venido implementando en la ciudad con relación al impuesto sobre tenencia o uso de vehículos, puesto que los contribuyentes han normalizado la práctica de emplacar sus autos en otras entidades federativas en las que la tasa del impuesto es menor o, simplemente, inexistente”, expone el documento.

En consecuencia, se hizo la propuesta de la implementación de la multa, para las y los contribuyentes que no tengan placas de circulación de la CDMX. Esta, sería podría variar entre 521 y 911 pesos para aquellas personas que “no obtengan las placas de circulación ante las autoridades competentes, de conformidad con el párrafo primero del artículo 160”, como indica el documento.

En el informe, igualmente se plantea un impuesto de 2 por ciento al comercio virtual, en los sectores de la entrega de alimentos, víveres y otras mercancías. Esto, basándose en que las personas físicas y morales que realizan dicha actividad, usan la infraestructura de la ciudad, que es de todas y todos, y por eso de busca la reformación del artículo 307.

Asimismo, también existirá una tasa de impuestos más para las personas físicas o morales que proporcionen hospedaje por medio de alguna aplicación digital.