La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la controversia constitucional interpuesta por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI ) en contra del decreto presidencial en materia de proyectos de infraestructura.

De esta manera, quedó suspendido de manera parcial el decreto que impide al gobierno federal reservar la información sobre cualquier obra de infraestructura considerada como asunto de “interés público” o de “seguridad nacional”.

Adrián Alcalá, comisionado del INAI, comentó que el ministro Juan Luis González Alcántara determinó suspender los efectos del acuerdo en relación únicamente con que los sujetos obligados no pueden invocar, cuando den respuesta a una petición de información, a este acuerdo como de seguridad nacional o de interés público.

Esto acorde a las normas que establece la propia ley de la materia, que significa que una información podrá ser clasificada en ciertos momentos y no antes de que se genere, que es parte de lo que el INAI alega en la controversia,

Esto acorde a las normas que establece la propia ley de la materia, que significa que una información podrá ser clasificada en ciertos momentos y no antes de que se genere, que es parte de lo que el INAI alega en la controversia.

«Este acuerdo permite que se considere reservada como de seguridad nacional la información antes incluso de que se genere, vulnerando principios que establece la Constitución y la Ley en la materia», explicó.