El modelo tradicional de familia ha sufrido grandes cambios en los últimos años, existiendo en las últimas décadas un gran incremento de separaciones y divorcios entre padres de familia, por lo que es importante garantizar el derecho fundamental de los/as menores a relacionarse adecuadamente tanto con su padre como con su madre después de la separación, manteniendo sus vínculos afectivos sanos.

Existen situaciones en las que se producen obstaculizaciones por parte de uno de los padres a las relaciones de sus hijos e hijas con el otro progenitor, lo que desemboca en el llamado “Síndrome de Alienación Parental”, situación que se da cuando en una familia la relación de los padres fracasa y éstos en lugar de afrontar la situación con seriedad y madurez, desarrollan actos intencionales para generar en sus hijas e hijos sentimientos de odio y rencor hacia el otro progenitor, lo que provoca que lo vínculos de comunicación y amor se rompan entre padres, madres e hijos, sin darse cuenta el daño que se les provoca a los menores en su desarrollo.

La Alienación Parental, es una de las formas más sutiles de maltrato infantil, casi desconocida hasta ahora, pero que está cobrando vigencia día a día y que produce un grave daño en el bienestar emocional y en el desarrollo de los menores que lo sufren. Ante tal situación, es necesario precisar que es derecho de Niñas, Niños y Adolescentes el contar con una familia, así como en caso de separación o divorcio de los padres, conservar su derecho de ser visitados y lograr tener convivencia con el padre o la madre que no tenga su custodia.

Cabe mencionar que la Convención sobre los Derechos del Niño en su artículo 9° establece que los Estados velarán por que el niño no sea separado de sus padres contra la voluntad de éstos, excepto cuando, a reserva de revisión judicial, las autoridades competentes determinen, de conformidad con la ley y los procedimientos, que tal separación es necesaria en el interés superior del niño.

Por otro lado, la legislación familiar del estado de Hidalgo no establece directamente el concepto de Alienación Parental, pero sí las obligaciones de crianza de los padres, entre la que está la prohibición de generar mala imagen, comentarios y acusaciones falsas sobre el otro cónyuge, sin embargo, muchas de las conductas que padres y madres establecen, se pueden encuadrar en el delito de violencia familiar que genera daños emocionales y afecta la personalidad de las niñas, niños y adolescentes.

Privar a los menores de los afectos, enseñanzas, protección y respaldo de sus progenitores puede generar situaciones psicológicas y dar origen a dificultades a su desarrollo tales como: trastornos de ansiedad, sueño, alimentación y en la conducta, bajo rendimiento escolar, agresividad, depresión, disminución en la interacción con las personas diferentes a la madre o padre alineador, así como puede generar graves relaciones personales en la vida diaria.

Si hijas e hijos presentan este tipo de síntomas o comportamientos que se mencionan en el presente artículo, es recomendable buscar apoyo psicológico no sólo para ellos sino también para los padres, recibir atención psicológica no funcionará si el padre y la madre no están conscientes del problema que causan en los menores, es necesario establecer entre ellos acuerdos basados en garantizar el bienestar emocional de los hijos, incluyendo el derecho de visita y convivencia, de igual forma, es importante evitar que intereses personales prevalezcan sobre el derecho de niñas y niños a contar con ambos padres aunque se encuentren en domicilios diferentes, principalmente se debe  abandonar la idea de que los menores son propiedad de los padres.

Recuerda que las niñas y niños son titulares de derechos y la alienación parental vulnera su calidad de vida, además de que ninguna persona tiene derecho a impedir injustificadamente la convivencia paterno o materno-infantil.

 

Lic. Mayra Hernández Islas

Visitadora Adjunta B