Incumplir con la Declaración Anual va más allá del riesgo de ser multados por la autoridad fiscal con sumas de entre mil 400 y 17 mil pesos;  puede afectar al historial crediticio del contribuyente y entorpecer o echar operaciones financieras, alertaron especialistas contables.

Este próximo 30 de abril vence el plazo para que las Personas Físicas presenten su Declaración Anual de Impuestos al SAT, por quienes hayan obtenido ingresos por prestar servicios profesionales, rentar bienes inmuebles y realizar actividades empresariales, así como por la enajenación y adquisición de bienes, o como persona asalariada.

De acuerdo a información difundida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), están exentos de esta obligación aquellos que en el pasado ejercicio fiscal sólo recibieron ingresos salariales o salarios más intereses bancarios nominales hasta por 20 mil pesos.

Igualmente exentos quedan los contribuyentes que el año pasado laboraron para un solo patrón y percibieron ingresos salariales de hasta 399 mil 999 pesos. En estos casos la obligación recae en los patrones.

El incumplimiento de esta obligación conlleva básicamente multas por no presentar dicha declaración, y una más por cada una de las obligaciones que no se hayan cumplido.

Las sanciones por obligación no declarada pueden variar de entre mil 400 y 17 mil 370 pesos, mientras que la multa, o crédito fiscal, como se le denomina oficialmente, por incumplir con el requerimiento puede ir de los mil 400  a los 34 mil 730 pesos.

En los casos de contribuyentes que no presentan sus declaraciones por Internet y están obligados a hacerlo, o lo hacen fuera del plazo oficial para hacerlo, o sin cumplir con los requisitos oficiales, pueden llegar a pagarmultas que van de 14 mil 230 a 28 mil 490 pesos.

El número de multas se multiplica, además, por cada actividad económica del contribuyente.

Destaca el SAT que quienes omitan presentar su declaración, o lo hagan fuera de tiempo, pueden presentar la declaración con posterioridad, y en caso de existir un saldo a cargo deberán pagar, además de su impuesto determinado, la actualización y los recargos que en su caso procedan.

Pero además los omisos y morosos sufrirán por el reporte del SAT al Buró de Crédito y al Círculo de Crédito, lo que empaña el historial crediticio del contribuyente.

Tener un historial crediticio empañado por estos reportes puede dificultar el acceso a créditos importantes como los hipotecarios, bancarios y de instituciones oficiales, u obtener préstamos bancarios pero con tasas más altas.

Hace notar el SAT que presentar una declaración anual a destiempo es mucho mejor que simplemente no presentarla.