Como parte del trabajo que realiza para orientar a la ciudadanía sobre temas legales de interés público, la Barra Mexicana, Colegio de Abogados del Estado de Hidalgo, informó que la pensión alimenticia es concebida como el derecho que otorga la ley a los hijos, en caso de separación o divorcio de los padres, la cual en caso de incumplirse puede ser causal para ir a prisión.

La pensión alimenticia debe ser suficiente y bastante para todos los gastos de una persona, e incluye los rubros de comida, vestido, calzado, esparcimiento, diversión, gastos médicos, educación y gastos funerarios.

El Colegio de Abogados de Hidalgo advirtió que quienes son sujetos de recibir pensión alimenticia son: los menores de edad, los incapaces y los que están en estado de interdicción, los ascendientes en línea recta en primer grado de edad avanzada, entre otros.

Por lo regular, se mantiene el derecho a la pensión alimenticia de los hijos hasta que cumplan los 18 años de edad, pero en caso de estar cursando una carrera universitaria, podrían recibir su pensión hasta cumplir los 21 años de edad.

Desafortunadamente, cifras del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) revelan que 3 de cada 4 hijos de padres separados no reciben pensión en México.

Un tercio de las mujeres en el país son madres solteras, de las cuales el 68 por ciento de ellas no cuentan con el apoyo del padre de sus hijos.

La Barra Mexicana, Colegio de Abogados del Estado de Hidalgo, señaló que los principales problemas o argumentos que han detectado en cuanto al incumplimiento de esta obligación es que algunos padres aluden desempleo y una mala o deficiente calidad en la salud.

El monto de la pensión alimenticia se fija de acuerdo a la Unidad de Medida y Actualización (UMA) o al salario mínimo y dependerá de los ingresos del deudor.

En caso de incurrir en el incumplimiento de la pensión, la sanción en Hidalgo, de acuerdo a la legislación, puede alcanzar hasta los cuatro años de prisión y la suspensión de los derechos de familia en relación con el ofendido, previa denuncia de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar.

La demanda sucede cuando se cae en la desobligación de quien deba otorgarlo, se hace por la vía familiar, el proceso no es tardado porque existe la ventaja de fijar una pensión provisional, siempre en beneficio del acreedor.

Por ello, como parte del servicio social que realiza la Barra Mexicana, Colegio de Abogados del Estado de Hidalgo AC, invita a la ciudadanía a acercarse a este Colegio a fin de analizar su caso, oficina que se ubica en la calle Plan de San Luis 259, Fracc. Constitución, o bien, llamar al teléfono 71-365-81.