Con la mayoría de votos de los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, fue revocado el acuerdo del Instituto Nacional Electoral relativo a los lineamientos para las conferencias matutinas del presidente, Andrés Manuel López Obrador.

En sesión virtual por las condiciones sanitarias de la pandemia del Covid-19, los magistrados manifestaron que después del análisis de la propuesta del INE,  se  determinó considerar parcialmente fundados los argumentos hechos llegar por la representación jurídica del Ejecutivo Federal.

En ese sentido se dio a conocer que contrario a lo considerado por el Consejo General del INE, la emisión de dicho acuerdo no implicó la emisión de medidas cautelares de tipo inhibitorio sino la imposición de medidas de no repetición, ante la supuesta posibilidad de que ocurra un acto lesivo futuro de carácter ilícito.
Las y los magistrados, determinaron respecto al acuerdo INE/CG26/, relativo a la solicitud de medidas cautelares por el PRD por la conferencia matutina del 23 de diciembre, que el instituto partió de la posibilidad de que el presidente López Obrador repitiera un hecho similar, sin embargo, derivado de denuncias previas, nunca se ha determinado que esas conductas tengan un carácter ilícito.
Loa magistrados manifestaron que con dichos argumentos la Sala Superior declaró improcedente el dictado de las medidas referidas y dejó sin efectos el acuerdo impugnado, lo que no prejuzga ni representa un pronunciamiento de fondo sobre las conductas denunciadas en el procedimiento especial sancionador que dio origen a las medidas que revoca esta resolución.