“El recibo de nómina es el documento mediante el cual, las y los trabajadores pueden vigilar que el pago que reciben por su trabajo es el pactado con el patrón, sin que existan descuentos indebidos, de ahí la importancia de contar con él y revisarlo”, manifestó Laura Elizabeth Chincolla Hidalgo, titular de la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo.

La funcionaria detalló que las empresas entregan a su personal dicho documento, a fin de comprobar el pago que realizan por el trabajo prestado, “contiene el nombre de la persona trabajadora, el nombre del patrón, así como el desglose de las percepciones, como salario, premio de puntualidad, premio de asistencia, vales de despensa, entre otros; y las deducciones del ISR, cuota IMSS, pago de INFONAVIT, faltas”, indicó.

Por lo anterior, aclaró que la Ley Federal del Trabajo (LFT) contempla en su Artículo 110, descuentos por concepto de “deudas”, las cuales no podrán ser mayor del importe de los salarios de un mes, ni más del 30 por ciento del sobrante del salario mínimo, ni generar intereses; además, aplica para anticipo de salarios, reembolso de excedentes en el salario, errores, pérdidas, averías y por la adquisición de artículos producidos por la empresa.

“Es importante tomar en cuenta los términos establecidos en el contrato o el reglamento interno, ya que, si no se contemplan, los descuentos alegados por el patrón y que no se encuentren establecidos en la ley el trabajador no estará obligado a realizar el pago”, comentó al respecto.

La procuradora del trabajo añadió que el pago de renta es otro descuento contemplado por la ley, el cual no deberá exceder el 15 por ciento del salario del o la trabajadora; mientras que, el pago de créditos otorgados por el Instituto del Fomento Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) o del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Infonacot), y el pago de pensiones alimenticias decretadas por la autoridad correspondiente, también están contemplados por la LFT.