La Secretaría de Salud de Hidalgo (SSH), a través del Periódico Oficial del estado (POEH) informó sobre las nuevas medidas sanitarias y apertura de diferentes actividades que anteriormente no se tenían permitidas, tal como los antros y centros nocturnos.

En ese sentido, ambos sitios podrán reabrir sus puertas, con un aforo máximo del 30 por ciento de su capacidad, además de que la venta de bebidas alcohólicas será por copeo y el horario será con base en su licencia de funcionamiento. Bajo ese contexto, para los bares y cantinas, así como para billares, boliches y casas de juego se concedió un aforo máximo del 50 por ciento.

De igual forma, en el documento se estableció que los centros educativos podrán regresar a las actividades presenciales de acuerdo con las condiciones sanitarias estatales y con autorización de las autoridades competentes.

En el caso de salones de fiesta y similares, el aforo se establecerá en cumplimiento a las medidas de bioseguridad: sana distancia, uso estricto de cubrebocas, ventilación e higiene de espacios y lavado adecuado de manos. Además, el consumo de bebidas alcohólicas será por copeo. Todo evento será reportado previamente a la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Hidalgo, para su autorización y supervisión y el horario de servicio será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento.

Con esas mismas características funcionarán restaurantes, cocinas económicas y negocios que expendan alimentos; hoteles y establecimientos de hospedaje, plazas comerciales y tiendas departamentales; mercados y tianguis; supermercados y tiendas de conveniencia; salones de belleza, barberías y estéticas; cinemas, autocinemas, teatros, museos y eventos culturales. Los establecimientos de los Pueblos Mágicos operarán con los aforos acorde a las medidas señaladas correspondientes a cada giro.

Por su parte, los sitios que funcionarán al 50 por ciento de aforo son: electrónicos y áreas de juegos infantiles; gimnasios y clubes deportivos; eventos musicales masivos; deportes profesionales, canchas deportivas y centros deportivos; centros religiosos, iglesias y templos. De igual forma, balnearios, parques acuáticos y centros recreativos podrán contar con un aforo del 70 por ciento de la capacidad del lugar.