Por: Defensoría Pública

Luis trabajaba en el Instituto Nacional Electoral (INE) y murió en diciembre de 2021. Su esposa Sofía acudió al Instituto para solicitar el pago de diversas prestaciones laborales por la defunción de su pareja. Sin embargo, la hermana de Luis demandó ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación las mismas retribuciones.

El Magistrado Instructor pidió al Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP) tomar el caso, ya que estaba involucrado el hijo de Luis, que es menor de edad. La asesora jurídica Gabriela Ruiz García interpuso un medio de defensa para hacer
valer los derechos del niño Omar y ofreció como prueba principal la pericial en caligrafía y documentoscopía para acreditar que la firma del documento presentado por la hermana era falsa, por lo que no tiene derecho a reclamar ningún pago.

Así la Sala Superior, en sentencia definitiva, reconoció a Sofía y Omar como únicos y legítimos beneficiarios de las prestaciones laborales con motivo del fallecimiento de Luis, y ordenó el pago inmediato.

De esta forma, la Defensoría pública protege el interés superior de la niñez para garantizar el desarrollo integral de las infancias.

•La Defensoría a Pública atiende, en forma preferente, a las personas adultas mayores, con discapacidad, mujeres, jóvenes, indígenas, migrantes, solicitantes de refugio, representación especial de niñas, niños y adolescentes, y en general a
quienes por razones sociales y económicas no pueden contratar los servicios de un abogado particular.

 

El IFDP cuenta con 885 defensores pú blicos y 285 asesores jurí dicos en todo el
territorio nacional
• Bucareli 22 y 24, Col. Centro, alcaldía Cuauhtémoc. CP 06040, CDMX. Tel. 55.51.30.01.00 ext. 1311 y 1276