Por: Zaid González
Pagos quincenales de nómina y prestaciones de ley es lo que los trabajadores normalmente suelen recibir de las empresas en las que trabajan, pero cuando el salario así como las prestaciones no se cubren, es normal que los colaboradores se molesten y comiencen a exigir el cumplimiento de sus contratos laborales.
Desde que la relación obrero-patronal existe, siempre ha existido una lucha por derechos, tanto de los trabajadores como de los empresarios; del mismo modo en esta eterna batalla también ha dado lugar a los abusos por ambas partes, desde el trabajador que dice que trabaja pero no trabaja, hasta el patrón que le pica los ojos a sus empleados y les paga menos de lo que les debería de pagar haciéndoles creer que son empleados de “confianza” y que algún día su esfuerzo extra que hace todo los días será recompensado. Pero qué pasa cuando los abusos del patrón son excesivos y la línea del diálogo se cierra para poder llegar a un acuerdo? En efecto, no queda más remedio que exigir por medio de la presión social, las prestaciones que se demandan, a lo que normalmente se le conoce como una huelga.
A lo largo de la historia las huelgas son luchas para hacer respetar los derechos de los trabajadores. Si nos remontamos a la historia en 1766 fue la primera huelga que vivió nuestro estado de Hidalgo, cuando un grupo de mineros se organizó para exigirle a su patrón, el señor Romero de Terreros, una jornada de trabajo justa, ya que se habían alargado hasta 16 horas; así mismo un sueldo adecuado acorde a sus labores, toda vez que se les había reducido su salario de 4 reales a 3 reales, lo que terminó por causar el descontento generalizado y no hubo más remedio que emplazar a huelga.
Algo así como lo que hoy en día están viviendo los colaboradores del Gimnasio Energy, ubicado en la plaza comercial Gran Patio de nuestra ciudad capital. En donde demandan el pago de sus nóminas, ello porque desde hace meses solo les han pagado una quincena al mes, así como sus prestaciones que les corresponden por ley.
Ahora bien, el hecho de que los trabajadores se organicen y exijan sus derechos cerrando sus lugares de trabajo, bloqueado carreteras o avenidas, no significa que obtendrán lo que solicitan, porque de no hacerse conforme a la ley, esta acción sería ilegal, por lo tanto tendría un efecto nulo. Así que para que una huelga se pueda llevar a cabo y sea procedente conforme a las disposiciones de la Ley Federal de Trabajo tiene que cumplir ciertos requisitos, lo cuales se los compartimos de manera breve para poder realizar el proceso a huelga con exito:
1. El procedimiento a huelga se iniciará mediante la presentación de un pliego de peticiones que se dirigirá al patrón por escrito, se le dirá el propósito de ir a huelga si no son satisfechas dichas peticiones, señalaran el día y hora en que se suspenderán labores o el término de la prehuelga.
2. Tendrán que presentarlo por duplicado al Tribunal competente.
3. Se tendrá que dar aviso para la suspensión de la labores, por lo menos con 6 día de anticipación.
4. Una vez realizado lo anterior el Tribunal competente hará llegar al patrón copia del escrito de emplazamiento dentro de las 48 hrs siguientes al haberlo recibido.
5. Dentro de las 24 hrs siguientes a la que sea presentado el emplazamiento a huelga, el Tribunal notificará al Centro de Conciliación competente para que intervenga durante el periodo de prehuelga a fin de negociar y celebrar platicas conciliatorias.
6. El patrón dentro de las 48 hrs horas siguiente a la notificación deberá presentar su contestación al Tribunal.
7. El Tribunal citará a las partes en una audiencia de conciliación que se celebrara dentro del periodo de prehuelga.
Cabe mencionar que de no apegarse a los requisitos mencionados anteriormente el Tribunal competente hará la declaración de inexistencia de huelga. Por ello es recomendable asesorarse con un experto en la materia, para evitar fallas en el proceso y lograr el objetivo.
Zaid González CEO de Firma Legal Horbat Cromwell
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