Las magistraturas del Tribunal Electoral del estado (TEEH) desecharon por unanimidad el procedimiento especial sancionador promovido por dos regidoras del Ayuntamiento de Tianguistengo contra el presidente municipal, Febronio Rodríguez Villegas, por presunta violencia política contra las mujeres en razón de género.

Tras el análisis del expediente TEEH-PES-03-2026, las denunciantes identificadas con las iniciales K.L.G.C. y B.J.P.M., señalaron que el alcalde presuntamente las omitió de las convocatorias a sesiones de cabildo y reuniones oficiales, además de que no les entregó órdenes del día, documentación soporte y constancias necesarias para desempeñar sus funciones dentro del ayuntamiento.

Las regidoras argumentaron que dichas omisiones obstaculizaron el ejercicio de su cargo, ya que requerían la información y las convocatorias formales para conocer los asuntos a tratar en las sesiones, cumplir con las formalidades legales y desempeñar sus labores de vigilancia y representación.

Las quejosas reclamaron que las convocatorias debían realizarse por escrito y con la debida anticipación, conforme a la Ley Orgánica Municipal, al considerar insuficiente el uso de estrados y aplicaciones como WhatsApp.

Sin embargo, el Tribunal determinó que la denuncia era improcedente debido a que las omisiones reclamadas resultaron inexistentes, además de que el asunto previamente fue materia de un juicio ciudadano cuya resolución fue confirmada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

De acuerdo con la magistrada Rosa Amparo Martínez Lechuga, el ayuntamiento confirmó que el medio oficial para notificar las convocatorias a sesiones de cabildo fueran los estrados del tablero de notificaciones de la presidencia municipal tras acreditarse que previamente hubo un acuerdo para que WhatsApp funcionara únicamente como medio auxiliar de comunicación, sin sustituir el canal oficial.

El TEEH concluyó que sí existieron las convocatorias correspondientes y que la información estuvo disponible mediante el mecanismo oficial aprobado por el cabildo, por lo que no se acreditó la violencia política en razón de género denunciada.