{"id":214799,"date":"2023-05-25T19:00:47","date_gmt":"2023-05-26T01:00:47","guid":{"rendered":"https:\/\/sintesis.com.mx\/hidalgo\/?p=214799"},"modified":"2023-05-25T10:28:47","modified_gmt":"2023-05-25T16:28:47","slug":"signos-de-nuestro-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sintesis.com.mx\/hidalgo\/2023\/05\/25\/signos-de-nuestro-2\/","title":{"rendered":"Signos de nuestro tiempo"},"content":{"rendered":"<p>Toda sociedad organizada es dirigida por una autoridad, mando ejercido por un gobierno, representada a trav\u00e9s de normas honorables, as\u00ed fueron establecidas en las primeras civilizaciones manifestado por el poder teocr\u00e1tico, en donde: <strong>\u201cla autoridad es emanada de un Dios.\u201d<\/strong> Este poder es ejercido por un monarca o por un representante de linaje eclesi\u00e1stico. Entre este conglomerado de normas destaca el C\u00f3digo de Hammurabi, con la imagen de \u201cSamash, dios del Sol y de la Justicia.\u201d Estas normas fueron consumadas en la antigua babilonia en los a\u00f1os de 1700 de nuestra era.<\/p>\n<p>Con el trascurso de los siglos, se van modificando los reg\u00edmenes de gobierno de acuerdo a la idiosincrasia de los gobernantes, con proposiciones de clases instruidas y participaci\u00f3n de la poblaci\u00f3n misma. Arist\u00f3teles fil\u00f3sofo griego en su tiempo clasific\u00f3 los reg\u00edmenes de gobierno, en: monarqu\u00eda, aristocracia y democracia, estas fueron formas puras, entre sus reg\u00edmenes opuesto est\u00e1n la: tiran\u00eda oligarqu\u00edas y demagogias. Estos reg\u00edmenes pol\u00edticos fueros aplicado en diferentes pa\u00edses del mundo en diversos tiempos.<\/p>\n<p>Esta clasificaci\u00f3n es retomada en siglos despu\u00e9s por el jurista y fil\u00f3sofo pol\u00edtico franc\u00e9s Louis De Secondt Var\u00f3n de Montesquieu, est\u00e1n impresos en su obra: El Esp\u00edritu de las Leyes, y algunos datos est\u00e1n contenidas en Cartas persas, destacando las caracter\u00edsticas de gobierno en sus formas puras: aristocracia, democracia y monarqu\u00eda, en tanto, sus formas viciadas son la tiran\u00eda, oligarqu\u00eda y demagogia.<\/p>\n<p>Esta obra pol\u00edtica y filos\u00f3fica est\u00e1 destinada para modificar el r\u00e9gimen mon\u00e1rquico de los mismo en franceses. Lo argumenta con frases muy sustantivas, como lo es la siguiente: \u201ctodo hombre que tiene el poder se inclina por abusar del mismo: va hasta que encuentra l\u00edmites.\u201d Con estas expresiones muestra de los reg\u00edmenes acaparadores de los poderes, como son los gobiernos autoritarios y desp\u00f3ticos.<\/p>\n<p>Montesquieu es solidario con el r\u00e9gimen republicano porque se da la divisi\u00f3n de poderes al considerar equilibrar el poder para evitar en abuso de quien ejerce el poder con el objetivo que ninguno de ellos acapare todo el poder, es contrario a la participaci\u00f3n de la mayor\u00eda tal forma que evite el autoritarismo que es contrario a la democracia, el jurista escribi\u00f3: \u201cLa democracia no pod\u00eda entenderse sin la Divisi\u00f3n de Poderes\u201d.<\/p>\n<p>Otro de los te\u00f3ricos de la <strong>Pol\u00edtica es Alexis Charles Henri Cl\u00e9rel<\/strong>, se\u00f1or de Tocqueville en su visita a Estados Unidos 1832 , con el objetivo de estudiar el Redacci\u00f3n del informe del sistema penitenciario de los Estados Unidos, con la informaci\u00f3n obtenida comienza la redacci\u00f3n de su libro La Democracia en Am\u00e9rica\u201d. Matiza el cometido de el poder Legislativo. lo conforma la c\u00e1mara de Representantes y el Senado. Los Representantes son electos por el pueblo, en forma directa, el Senado es elegido por legisladores de cada Estado, delineando la democracia representativa agrega en su interesante estudi\u00f3: \u201cEl Senado tiene el derecho de dejar sin efecto algunos actos del Presidente, pero no puede obligar actuar, ni compartir con el poder Ejecutivo.\u201d Con ello manifiesta que el poder Legislativo y en poder Ejecutivo se desempe\u00f1an con independencia propia.<\/p>\n<p>Tocqueville destaca que en<strong> Estados Unidos<\/strong>: la Constituci\u00f3n est\u00e1 por encima tanto de los legisladores del mismo modo que simples ciudadanos. Es pues, la primera de las leyes, por lo que ninguna ley puede modificarla porque es la Ley Suprema. Por lo tanto, es justo que los tribunales obedezcan la Constituci\u00f3n con igual preferencia a todas las leyes. El poder Judicial juega un papel muy importante es el cierre con la evita del abuso de los tres poderes en acato a la Constituci\u00f3n, Tocqueville exponen su libro lo distintivo el poder Judicial: \u201cEs tan grande su importancia pol\u00edtica, que el mencionarlo solo de pasada me habr\u00eda parecido tanto como disminuir dicha importancia a los ojos de los lectores\u201d Estos aspectos distintivos de la Constituci\u00f3n de Norteam\u00e9rica es representativo digno de ser adoptado en pa\u00edses de Europa, salvo lo que compete al Poder Judicial debido a que: \u201cninguna naci\u00f3n del mundo haya establecido el poder Judicial de la misma manera que los norteamericanos\u201d, esto se debe a que un r\u00e9gimen de gobierno influye el sistema de creencias, su cultura y su historia. En la Uni\u00f3n americana: \u201cel juez es una de las primeras fuerzas pol\u00edticas, debido a que se desempe\u00f1a la funci\u00f3n de \u00e1rbitro, y aplica la ley sin favoritismo.<\/p>\n<p>Estas aportaciones pol\u00edticas y jur\u00eddicas apoyaron en la estructura <strong>Constituci\u00f3n de los Estados Unidos de Am\u00e9rica escrita en 1887<\/strong>. Dado que se consolid\u00f3 bajo las normas de un sistema pol\u00edtico Liberal federal al unificar el sistema de Gobierno Federal y la autonom\u00eda de los Estados, donde estos fueron representados por sus gobernadores para regular los actividades econ\u00f3micas y leyes de car\u00e1cter social expidieron algunas leyes propias, atendiendo los aspectos distintivos del federalismo, Democracia, Igualdad, Fraternidad y Equidad.<\/p>\n<p>Estas doctrinas fueron retomadas por los constituyentes que redactaron la constituci\u00f3n de 1824 del M\u00e9xico ya independiente, fueron: Lorenzo de Zavala, Valent\u00edn Gomes Far\u00edas, Carlos Mar\u00eda Bustamante, Servando Teresa de Mier, Ignacio L\u00f3pez Ray\u00f3n, Jos\u00e9 Mar\u00eda Izazaga, entre otros. Tambi\u00e9n es invaluable la participaci\u00f3n de Jos\u00e9 Miguel Ramos Arizpe tomaron como base algunos de la Constituci\u00f3n de C\u00e1diz, porque \u00e9l fue uno de los redactores de esa constituci\u00f3n, dada a conocer en 1812, por todo ello, es considerado el \u201cpadre del federalismo\u201d en M\u00e9xico.<\/p>\n<p>La <strong>Constituci\u00f3n de 1824<\/strong> est\u00e1 conformada por los tres poderes: legislativo, ejecutivo, el poder judicial, lo mismo que la constituci\u00f3n de 1857 y la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos de 1917. Cada poder tiene su autonom\u00eda y su mandato, en legislar, decretar o iniciativa presidencial siempre uy cuando se cumpla con lo establecido en la Constituci\u00f3n y el Poder Judicial es respetar y hacer respetar las leyes. Ese es su obligaci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Toda sociedad organizada es dirigida por una autoridad, mando ejercido por un gobierno, representada a trav\u00e9s de normas honorables, as\u00ed fueron establecidas en las primeras civilizaciones manifestado por el poder teocr\u00e1tico, en donde: \u201cla autoridad es emanada de un Dios.\u201d Este poder es ejercido por un monarca o por un representante de linaje eclesi\u00e1stico. 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