En lugar de heredar “intestados”, es mejor dejar bienes inmuebles designados ante la ley, por ello es fundamental realizar un testamento, y así brindar certeza jurídica para evitar problemas familiares en el futuro.

Por lo regular un testamento tiene un costo a partir de 4 mil pesos, dependiendo del tamaño o números de propiedad; sin embargo, el primero de septiembre se pone en marcha el programa nacional “Septiembre, mes del testamento”.

Con este sistema jurídico, el precio de dicho documento disminuye a tan sólo 990 pesos más IVA, siempre y cuando el inmueble no exceda los 550 mil pesos de valor y que sea de personas de la tercera edad.

Wilma Julián Ruiz, de la notaría número 57 en la Ciudad de Puebla, explicó a Síntesis que las personas pueden acudir a cualquier notaría del estado: en total existen 150 notarios en la entidad, y específicamente 57 en la capital poblana.

“Acudan al certificador de su elección porque todos los notarios del estado participan dentro de este programa”, aseguró.

Refirió que les ha costado a las autoridades permear en los ciudadanos para que realicen dicho documento y no hereden problemas, “oímos testamento y creemos que ya nos vamos a morir, esa no es la idea, sino que el patrimonio que uno tiene a través de este testamento puedan disponer de sus bienes como ellos quieran”, matizó.

No obstante, afirmó que es importante saber que las personas siguen disponiendo de su patrimonio aunque hayan hecho el testamento, incluso, aún con ese documento si quieren vender su propiedad son libres de hacerlo; el testamento surte efectos –acentuó- cuando la persona muere.

Alertó que al no contar con el testamento, se crean propiedades intestadas lo que genera que las familias lleven años peleando jurídicamente la propiedad pero no se revuelve, “entonces las personas no pueden acceder a la herencia o se pierden en muchos casos eso inmuebles porque no hay heredados designados”.

Cabe señalar que de acuerdo con el Código Civil, el testamento es un acto jurídico unilateral, personalísimo, revocable y libre por el cual una persona capaz para ello, dispone de sus bienes y derechos para después de su muerte.

Para otorgar el testamento se requiere:

1.- Entrevistarse con el Notario público de su elección.

2.- Proporcionarle:

Nombre completo del testador y sus generales (lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil, ocupación y domicilio).

Copia de la escritura

Boleta del predial

Identificación oficial

Nombres completos de los herederos o legatarios.

3.- Hacer del conocimiento del Notario si el testador presenta alguna discapacidad para ver, oír, hablar o firmar.

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