En el reparto de los roles, las mujeres de Puebla enfrentan un desfase salarial de -18.3 por ciento con respecto a los hombres en la cotización Salario Diario Asociado a Trabajadores Asegurados en el IMSS.
Ello no obstante la mejora de 5.6 por ciento en sus niveles de cotización entre diciembre del 2016 y julio del 2017, conforme cifras de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
A nivel país Puebla se encuentra en el sitio 16 de 32 estados por el nivel diario de salario de cotización en el sistema de seguridad social, pero en el caso de las mujeres se encuentran entre los últimos doce estados, con una media de ingreso de 268.83 pesos.
Conforme cifras del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, el Salario Diario Asociado a Trabajadores Asegurados al mes de julio de ubicó en 337.37 pesos día; sin embargo, la media para hombres fue de 354.10 pesos y para mujeres de 308.86 pesos a nivel país, un desfase de -12.77 por ciento entre géneros.
En Puebla la brecha es mayor, del -18.3 por ciento, pues ellos ganan en promedio 329.07 pesos y ellas registran en su salario diario de cotización ante el IMSS 268.83 pesos.
Incluso ellas ganarían un tercio menos que sus similares de Ciudad de México con un salario de cotización ante el IMSS de 400.71 pesos, no obstante, las mujeres en la capital ganan -8.2 por ciento menos que sus contrapartes varones que cotizan en 436.52 pesos.
Entre los estados, Veracruz sería el de mayor equidad en niveles de cotización salarial ante el IMSS entre hombres y mujeres: ellos con 349.91 pesos y ellas con 343.77 pesos, una diferencia de -1.75 por ciento.
El salario diario asociado a cotizantes ante el IMSS más bajo en el caso de las mujeres se reporta en Durango ($231.59 pesos), Sinaloa ($232.37 pesos), Guerrero ($251.67 pesos), Tlaxcala ($253.77 pesos) y Oaxaca ($254.87 pesos).
Cabe explicar que el salario diario asociado a cotizantes se refiere al salario registrado exclusivamente en las modalidades de trabajadores permanentes y eventuales de la ciudad y del campo, sí como reversión de cuotas por subrogación de servicios.
Finalmente, el salario diario de cotizantes considera los salarios percibidos durante el mes (del primer al último día), así como los días cotizados en cada salario.