Derivado de la emergencia que existen en territorio poblano propiciada por el sismo, la diputada del PRD, Socorro Quezada Tiempo envío al Congreso local la iniciativa de que el presupuesto para los comicios de 2018 se destinen al 100 por ciento a la reconstrucción de los municipios damnificados, ello a través del Fondo de Desastres Naturales (Fonden).

En sesión de la Comisión Permanente, lo diputados dieron cuenta de la iniciativa presentada por la legisladora perredista, la cual se turnó a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para su estudio correspondiente.

Este documentos, señala que deberá reformarse el marco jurídico en su artículo 41 y 105 de la Constitución Política del Estado, a fin de eliminar el plazo de 90 días previos al arranque proceso electoral, para así hacer modificaciones al código electoral y se concrete lo del tema de que el financiamiento público se destine a acciones de reconstrucción.

Entre los argumentos esgrimidos en dicha iniciativa, Quezada Tiempo afirma que existe malestar entre la sociedad por la asignación de 6 mil 702 millones de pesos que el Instituto Nacional Electoral (INE) hizo para los partidos políticos para la elección de 2018, nivel nacional.

No obstante en el caso de Puebla, el proyecto de presupuesto considerado por el Organismo Público Local Electoral (OPLE) destinó 350 millones de pesos como prerrogativas a 11 partidos políticos registrados en el estado -sean con registro nacional y local- mientras que para la organización del proceso 2017-2018 se aprobó un financiamiento público por 495 millones de pesos, lo que da un total de 845 millones de pesos que se solicitarán a la Secretaría de Finanzas y Administración (SFA).

Los artículos que la perredista propone reformar y adicionar son el inciso a fracción II del 41 y el párrafo segundo del numeral 105, ambos de la Constitución.

En el caso de la fracción II del artículo 41, la propuesta de la legisladora adicionar el siguiente párrafo: “En caso de existir desastres naturales los partidos políticos dejarán de percibir el total de los presupuestos asignados, la Cámara de Diputados realizará en el presupuesto de egresos las asignaciones al Fonden”.

Así como también en el párrafo segundo del numeral 105, referente a la restricción constitucional de 90 días previos para hacer reformas electorales, Quezada Tiempo propone: “Las leyes electorales federal y locales deberán promulgarse y publicarse antes de que inicie el proceso electoral en que vayan a aplicarse”.

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