El cabildo poblano puso orden a todas aquellas constructoras y personas morales, al aprobar por unanimidad modificaciones al capítulo 17, por lo que una vez publicado en el diario oficial del estado, todo aquel que realice obras sin autorización y provoque daños a la infraestructura e inmobiliario, será sancionado hasta con 130 veces al valor de una Unidad de Medida y Actualización (UMA).

La presidenta de la comisión de infraestructura Silvia Argüello sostuvo que las nuevas reglas, impulsadas por el regidor del PRI, Iván Galindo Castillejos, fueron analizadas desde el 15 noviembre 2017, y tras varias reuniones y acuerdos, lograron ser más estrictos y obligar a que, quien dañe, repare con los mismos materiales de calidad.

De igual manera, detalló, todos los que busquen ejecutar obras deberán presentar al inicio de cada ejercicio su revisión de plan de obra en la Secretaría de Infraestructura y Secretaria de Desarrollo Urbano.

Dijo que las obras de emergencia se deberá dar aviso 24 horas ante el inicio de los trabajos; toda persona que ocupe un espacio deberá tener la información de sus obras por cada calle.

“En casos de fuerza mayor, las empresas de servicios públicos podrán ejecutar de inmediato las obras de emergencia que se requieran, pero estarán obligados a dar aviso por escrito, justificando el motivo de la urgencia, para solicitar la autorización y factibilidad ante las autoridades correspondientes en un plazo de veinticuatro horas posteriores en que se inicie dichas obras.

Silvia Argüello comentó que en el dictamen se incluye a dependencias, organismos y empresas públicas y privadas que pretendan realizar trabajos de adecuación de la infraestructura para la distribución, conexión, suministro, mejora, ampliaciones, cancelación y demás actividades para la prestación de servicios urbanos de agua, energía eléctrica, telecomunicaciones, combustibles, manejo y disposición de residuos sólidos, debajo o sobre, a cualquier altura de la vía o espacio público del territorio municipal, deberán obtener la licencia de la Dirección antes de iniciar dichos trabajos, así como Dictamen de Factibilidad de la Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos.

Al final, detalló que por la ejecución de una obra, por el uso de vehículos, objetos o substancias peligrosas, o por cualquier otra causa se produzcan daños a cualquier servicio público, obra o instalación perteneciente al municipio, que exista en una vía pública o en otro inmueble de uso común o destinado al servicio público, y con el objetivo de garantizar que sea de la misma calidad y materiales que aquellos que se hayan deteriorado o perdido, la Secretaría de Infraestructura y Serviciso Públicos de manera inmediata llevará a cabo las reparaciones de los daños ocasionados, y el costo que resulte será a cargo del dueño de la obra, del vehículo, del objeto o de la sustancia peligrosa, independientemente de la responsabilidad legal en que incurra.

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