Aprueban en Comisión de Gobernación la reforma al Código Penal del Estado que legaliza el uso del gas pimienta en presentación no mayor a 150 gramos, también los inmovilizadores eléctricos podrán ser portados por cualquier persona sin distinción, para su defensa.

Diputados integrantes del organismo colegiado consideraron viable esta iniciativa que turnó el gobernador Antonino Gali Fayad, por lo que se dictaminó; este viernes será puesta a consideración del pleno para su aprobación, por lo que se convocará a sesión extraordinaria.

Respecto a la iniciativa de reforma al artículo 179 del Código Penal, es con la finalidad de proporcionarle a las mujeres herramientas para garantizar el derecho a una vida libre de violencia .

Bajo los argumentos esgrimidos en la iniciativa, está el hecho, que los resultados de la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU), a cargo del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), indican que el 80.5 por ciento de las mujeres que habitan el país manifiestan que se sienten inseguras en la ciudad en la que viven (enmarcando un nivel históricamente alto en el levantamiento de la percepción de inseguridad) y que en el caso de los hombres la percepción de inseguridad descendió ligeramente, siendo el 71.1 por ciento de hombres que declararon sentirse inseguros.

Por ello, la reforma propuesta por el mandatario, es la siguiente: “No se consideran armas e instrumentos prohibidos los rociadores, espolvoreadores, gasificadores y dosificadores de sustancias químicas que produzcan efectos pasajeros en el organismo humano, sin llegar a provocar la pérdida del conocimiento, siempre que no sean de capacidad superior a los ciento cincuenta gramos.

«Tampoco se consideran armas e instrumentos prohibidos las armas electrónicas que sólo produzcan efectos pasajeros en el organismo humano, siempre que su uso no provoque la pérdida del conocimiento ni ponga en riesgo la vida”.

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