Diputados avalaron en comisiones la iniciativa del gobernador, Antonio Gali Fayad, para tipificar con cárcel el hostigamiento y acoso sexual en vía pública, y en espacios privados de uso público en contra de mujeres, aunque serán los ayuntamientos quienes establezcan los criterios para sancionar el acoso callejero.

En entrevista, la diputada Silvia Tanús Osorio, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género explicó que si bien el artículo 278 quáter del Código Penal del Estado considera castigo para los que incurren en hostigamiento y acoso sexual, con esta reforma que se dictaminó en las comisiones unidas de Igualdad de Género y de Procuración y Administración de Justicia se incluye una pena más para quienes atenten contra las mujeres, aspecto que no se especificaba en la ley. 

Refirió que la iniciativa de reforma de cierta forma tipifica el hostigamiento y acoso sexual en contra de las féminas, por lo tanto, el artículo quedará la siguiente manera:

El hostigamiento sexual (en general) la pena es de 6 meses a dos años de prisión y una multa de 50 a 300 días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de la comisión del delito y será punible cuando se ocasione un daño o perjuicio en la posición laboral, docente, doméstica o de cualquier naturaleza que se derive de la subordinación de la persona agredida.

En caso de que sea mujer la agraviada, la pena corporal aumentará desde 2 meses a 16 meses según la gravedad.

En el tema del acoso sexual, la sanción será exclusivamente económica y va de los 50 a los 300 días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de la comisión del delito; mientras que si la víctima es una fémina, el agresor estará en la cárcel de un mes a 1 año.

En este tema del acoso sexual en contra de una mujer no existía la pena corporal en el Código Penal. 

Abundó que también la ley incluye que en ambos casos, se sujetará al agresor a un tratamiento integral para su reeducación y sensibilización conforme a las medidas establecidas en la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla.

La diputada emanada del PRI, explicó que esta reforma corresponde a la necesidad de cubrir las recomendaciones hechas por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia en contra de las Mujeres (Conavim), al gobierno estatal por lo que el mandatorio Antonio Gali Fayad envió la iniciativa. 

Tanús Osorio, dejó en claro que el tema del acoso callejero estará aplicado en el Coremun y cada ayuntamiento tendrá su sanción administrativa que aplicar en caso de alguna denuncia.

“Con respeto de la autonomía municipal los ayuntamientos estarán en facultad de determinar su “tabulador” para establecer las sanciones aplicables en sus demarcaciones o podrían tomar en cuenta los parámetros de la capital”.

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