El Senador y vicepresidente de la mesa directiva del Senado de la República presentó el día de hoy una “Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública en materia de transparencia parlamentaria.

Dicha iniciativa plantea que es “indispensable revisar el artículo 72 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, donde se establecen las obligaciones específicas de los poderes legislativos federal y de las entidades federativas, para incorporar mecanismos, que nos permitan lograr un Parlamento Abierto. En este sentido, se proponen las siguientes modificaciones:

  1. Todos los poderes legislativos del país deberán publicar la agenda legislativa institucional y la de los grupos parlamentarios, así como los programas de trabajo de las Comisiones y Comités.
  2. Adicionalmente, publicarán las versiones estenográficas de las sesiones del pleno, las Comisiones y Comités.
  3. Difundirán y darán publicidad a la transmisión de las sesiones del Pleno, Comisiones y Comités, en tiempo real.
  4. Los poderes legislativos federal y estatales deberán publicar los informes del uso y destino de los recursos financieros asignados a los legisladores relativos a su función.
  5. Se incorporará la obligación de que los poderes legislativos publiquen los mecanismos de acceso a las plataformas informáticas que permitan la interacción en tiempo real.
  6. Proponemos adicionar la obligación de que los poderes legislativos pongan a disposición del público el archivo histórico de la actividad legislativa de al menos dos legislaturas anteriores.
  7. Publicar el padrón de cabilderos y los temas sobre los que versa su actividad con los órganos legislativos.”

La iniciativa del Senador Moreno Valle es suscrita por todas y todos los integrantes de la Mesa Directiva del Senado de la República, así como el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Además la iniciativa contempla que el Congreso de la Unión, las legislaturas de los Estados y la de la Ciudad de México, tendrán un plazo de ciento ochenta días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para armonizar las leyes en la materia.

Finalmente, la iniciativa presentada señala que el Consejo del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales tendrá un plazo de ciento ochenta días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para emitir los lineamientos que regularán las obligaciones de transparencia a que se refiere el mismo.

 

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