Debido a que el acto de inconstitucionalidad promovida por la reforma a la Ley Orgánica de la Fiscalía del Estado que realizó la pasada legislatura, mantiene el estatus de sub júdice (pendiente de resolución judicial), diputados avalaron mantener abierta la fecha para atender las recomendaciones del Ejecutivo al documento.
En entrevista, la presidenta de la Comisión de Procuración de Justicia del Congreso del Estado, María del Carmen Cabrera Camacho, explicó que no se pueden hacer cambios como se los observaron a la reforma al artículo 50 de ordenamiento referido, toda vez que podrían caer en un error al poner algo que contravenga el fallo que haga la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ante el acto de inconstitucionalidad promovido.
“Como es un acto sub júdice habrá que esperar, pues está pendiente de resolución, por lo que este día en la sesión de la Comisión se determinó que no se pueden hacer la modificaciones al documento que se envió al gobernador para su publicación”, indicó.
La diputada del Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) comentó que el 9 de octubre, la Corte recibió el juicio de inconstitucionalidad y se lo notificó al Poder Legislativo el 18 de octubre.
Específico que las observaciones hechas por el titular del Ejecutivo, básicamente está relacionado con la retroactividad de la ley, pues hay un transitorio -el tercero- en donde el mandatario estatal, Antonio Gali Fayad considera que si hay un acto de retroactividad por eso nos observa el dictamen de reforma.
Cabrera Camacho, mencionó que derivado a que el 31 de octubre se venció el plazo legal para ajustar el documento con las observaciones, se sesionó, por lo que se notificará en los próximos días al gobierno del estado referente al pliego de observaciones que se hicieron respecto a la iniciativa para reformar la ley, pero jurídicamente no puede tomarse ninguna acción al estar en un proceso de controversia constitucional.
El acto de inconstitucional se promovió por la reforma aprobada el 7 de septiembre por la anterior legislatura en el sentido de que un fiscal podría nombrar a su sustituto quitando la facultad al poder legislativo.