En sesión extraordinaria, el cabildo poblano aprobó por mayoría, modificaciones a la convocatoria para la elección de juntas auxiliares, luego de que el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) ordenó cambios a dos de las cláusulas.

La primera de ellas relativa a la paridad de género al considerar que existe ambigüedad en su documento y la inexistencia de mecanismos para presentar medios de impugnación.

Rivera Vivanco: hoy más que nunca hay más participación  

La presidenta municipal, Claudia Rivera Vivanco, tras la votación, subrayó que hoy más que nunca la convocatoria garantiza la paridad de género, tanto que se cuenta con 300 mujeres participantes en las planillas.

Exaltó que ni en un proceso local o municipal se ha logrado una respuesta como en estos plebiscitos, afirmando es la primera vez que se emite una convocatoria tan incluyente.

Tenemos 300 mujeres más y a través de la impugnación que se pedía sólo dos párrafos son señalados, es un gran avance, ni siquiera en proceso electorales se ha logrado una respuesta inmediata que contribuya en el fortalecimiento”, dio al momento de subrayar que aunque les señalaron el tema de paridad, existen más mujeres en las listas.

Es de manifestar que la votación fue por mayoría con una abstención del morenista Roberto Eli Esponda.

Los aspirantes a las presidencias subalternas se quejaron ante el tribunal local, por lo que el órgano otorgó un plazo de 48 horas a los regidores, efectivos desde el jueves, para emprender cambios al documento.

Francisco Clemente Tlaxca Pérez y María Alba Tezoquipa Lima, fueron quienes se inconformaron ante en la Sala Regional de la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), pero éste designó los casos al TEEP para su resolución.

En el recurso interpuesto por Tlaxca Pérez se detalla que hay inexistencia de mecanismos para presentar medios de impugnación de las elecciones en juntas auxiliares, señalando que los plazos son insuficiente

María Alba Tezoquipa Lima, aspirante a la presidencia de San Francisco Totimehuacán, recurrió al TEEP por considerar que no existen existe paridad de género en las planillas.

Las modificaciones no representaron implicaciones en los tiempos ni en los registros, solo a las cláusulas 13 y 38 de la convocatoria.

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here