Además de que se prohibirán las bolsas de plástico en la capital poblana hasta 2020 y después de su aprobación se cobrará un peso por cada una para acarreo en centros comerciales y tiendas, la Comisión de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente del cabildo propondrá la eliminación de popotes y unicel en todos los restaurantes de la capital.
El presidente de la referida comisión Roberto Eli Esponda abundó que se espera que ambas iniciativas sean aprobadas en la siguiente sesión ordinaria del 23 de abril, en cabildo, dejando en claro que para el segundo tema se establecerán sanciones diarias de 50 a 100 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
Además, se considera el retiro definitivo de la licencia en caso de reincidencia, dijo, al tiempo de indicar que este martes se espera la votación en sesión con los regidores.
Sobre el tema de las bolsas de plástico, adelantó que no pasará tal cual lo pretende la secretaría general, dependencia que giró el dictamen para que este 16 de abril sea avalado.
Explicó que las sanciones son exorbitantes, pues impone como máxima una multa de 400 mil pesos a quien entregue bolsas de plásticos en centros comerciales o tiendas de conveniencia.
La propuesta que llevará en la sesión de su comisión, adelantó, es que se cobre un peso por bolsa a los usuarios en los centros comerciales durante este año, y ya para el siguiente (2020) inicie el retiro definitivo en estos negocios.
La propuesta de la presidencia municipal, en caso de que los cabildantes así lo determinen, establece que entraría en vigor 180 días naturales después de su publicación en el Periodo Oficial de Estado.
Resolutivos de la presidencia municipal sobre bolsas de plástico:
*Por proporcionar bolsas de plástico desechables para el acarreo del producto cuando el giro del establecimiento sea tienda de autoservicio, tienda departamental, bodega de abarrotes o sus similares del catálogo de giros comerciales complementarios industriales y de servicios, se establece una multa de 2 mil 500 a 5 mil UMA.
*Cuando el establecimiento expida bebidas alcohólicas en botella abierta o esté sujeto a un capítulo especial, se establece de 100 a 500 UMA.
*Cuando el establecimiento de giro comercial sea susceptible de trámite de licencia de funcionamiento entrará en vigor 150 días naturales después del dictamen en el Periódico Oficial del Estado y una sanción de 50 a 300 UMA.
*Cuando el establecimiento de giro comercial sea susceptible del aviso de apertura de negocio entrará en vigor 210 días naturales con una sanción de 15 a 30 UMAS.
*Durante el periodo momento que no se encontraren en vigor las multas la única sanción que se aplicará por violación a las disposiciones adicionadas será la prevista en el artículo 1821 del COREMUN.