Por Alonso Cajica R.
La principal función del Poder Judicial, estatal o federal, es la solución de los conflictos de intereses entre particulares, por medio de normas discutidas, aprobadas y publicadas con antelación a los hechos que dan origen a la controversia. La solución de tales disputas no es cosa menor, pues con ello se contribuye a la paz en sociedad.
Hoy este propósito teleológico y esta institución histórica, se encuentran suspendidos casi de manera absoluta, lo que pone a prueba, tanto al Poder Judicial como a los servidores públicos que hoy lo representan, por aquello que muchos llaman “el enemigo invisible” y con esto me refiero al coronavirus.
Y es que, por acuerdo de 30 de abril de 2020, emitido por el Consejo de la Judicatura de Puebla, los juzgados del fuero común volverán a sus labores de manera “normal”, hasta el día 31 de mayo de este año, lo que ha causado múltiples interrogantes, siendo la principal pregunta ¿Cómo impartir justicia en medio de la pandemia?
Hoy podría decir, sin que esto sea tomado como un reproche, que la mayoría de las fuentes de empleo y las unidades económicas, han encontrado en el comercio electrónico una nueva forma de operar de manera practica y segura. La educación en línea se inauguró en muchas universidades y esta aquí para quedarse. Actividades esenciales y no esenciales se ejercen con “Susana Distancia”, usando consuetudinariamente gel anti-bacterial y parece incluso que ya nos estamos acostumbrando a usar cubre bocas, a pesar de que quienes usamos lentes, sufríamos por su constante empañamiento. Ya no se diga de la modalidad de home office, que ha resultado cómoda y versátil, no obstante, este esfuerzo de supervivencia de la iniciativa privada, no se ha replicado en las diferentes instituciones de gobierno, tal es el caso del Poder Judicial de Puebla.
Y es que, si miramos al Corpus Iuris de los Derechos Fundamentales, encontramos que hoy el ser humano, mas que nunca, es el centro de las principales funciones del Estado y que el proceder de este ultimo, debe generar las facilidades para que el hombre encuentre su propio destino, su propia autodeterminación, su propia felicidad ¿pero como hacerlo si no se cumple con la función esencial de administrar justicia? ¿Cómo hacerlo cuando mi amigo Héctor tiene suspendido el procedimiento preliberatorio de su madre en prisión, porque para el Poder Judicial eso no es importante? ¿Cómo decirle a la señora Rosa María que su juicio de rectificación de acta de nacimiento esta suspendido y no podrá afiliarse al IMSS? ¿Cómo decirle al acreedor que no se puede rematar el patrimonio del deudor para que le reembolsen lo que años atrás invirtió infructuosamente? ¿Cómo decirle al grueso de los justiciables que las tecnologías de la información no funcionan para su beneficio?
Es claro que esta pausa en la justicia, esta generando incomodidad. Es claro que la falta de administración de justicia acarrea falta de armonía social, paz y tranquilidad. Es claro que esta desaceleración gubernamental esta prolongando los conflictos, en una dinámica jurídica en la que no se ha administrado la justicia precisamente de forma pronta y expedita como lo mandata la Constitución federal.
¿Y entonces que podemos hacer? ¿Qué deberíamos esperar? ¿Qué medidas podemos proponer?
En la tercera parte de este artículo, intentaré dar algunas respuestas que pudieran mejorar el estado de las cosas.