La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la intención de un total de 60 municipios de Puebla que en 2020 pretendieron cobrar un impuesto extra por el servicio de alumbrado público.

Tras la presentación de un acto de inconstitucionalidad por parte de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) los magistrados otorgaron la razón a este organismo al considerar que el Congreso del Estado, tomó atribuciones legales exclusivas del Congreso de la Unión.

Esto derivado de que el Poder Legislativo de Puebla aprobó las Leyes de Ingresos 2020 de este paquete de municipios que buscaban obtener un recurso extra a cambio de un impuesto más que fue catalogado de ilegal.

La SCJN reiteró su criterio en el sentido de que, al configurar un impuesto sobre el consumo de energía eléctrica, estas disposiciones violan la competencia exclusiva del Congreso de la Unión prevista en el artículo 73, fracción XXIX, numeral 5º, inciso a), de la Constitución General”, señala el documento.

Se señaló que la Acción de inconstitucionalidad 87/2020, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandó la invalidez de diversas disposiciones de Leyes de Ingresos Municipales del Estado de Puebla, publicadas en el Periódico Oficial de esa entidad de 26 y 27 de diciembre de 2019.

Por lo tanto, todos los cobros de este impuesto durante todo el año son ilegales, pues los alcaldes no cuentan con facultades para el cobro de este impuesto, salvo que el Congreso de la Unión lo haya aprobado.

Aquí los municipios:

  • San Juan Atenco, San Juan Atzompa, San Martín Texmelucan, San Martín Totoltepec, San Matías Tlalancaleca, San Miguel Ixitlán, San Miguel Xoxtla, San Nicolás Buenos Aires, San Nicolás de los Ranchos, San Pablo Anicano, San Pedro Yeloixtlahuaca, San Salvador El Seco, San Salvador El Verde, San Salvador Huixcolotla, San Sebastián Tlacotepec, Santa Catarina Tlaltempan, Santa Inés Ahuatempan, Santa Isabel Cholula, Santiago Miahuatlán, Santo Tomás Hueyotlipan, Tecomatlán, Tehuitzingo, Tenampulco, Teopantlán, Teotlalco, Tepanco de López, Tepango de Rodríguez y Tepatlaxco de Hidalgo.
  • También Tepemaxalco, Tepeojuma, Tepetzintla, Tepexco, Tepeyahualco, Tepeyahualco, Teteles de Ávila Castillo, Tianguismanalco, Tilapa, Tlacotepec de Benito Juárez, Tlacuilotepec, Tlachichuca, Tlahuapan, Tlaltenango, Tlanepantla, Tlaola, Tlapacoya, Tlapanalá, Tlaxco, Tochimilco, Tochtepec, Totoltepec de Guerrero, Tulcingo, Tuzamapan de Galeana, Tzicatlacoyan, Venustiano Carranza, Vicente Guerrero, Xayacatlán de Bravo, Xicotlán, Xiutetelco y Xochiapulco.

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