Por: Dra. Luz del Carmen Montes Pacheco

Es increíble que la omisión al derecho de autor, completa o parcial, vuelva al escenario mediático y ponga en entredicho a las universidades porque se “descubre” que un personaje público ha incurrido en esta falta.

El caso más reciente, y grave por la investidura, es el caso de la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Yasmín Esquivel. Podríamos darle el beneficio de la duda y presumir su inocencia hasta que compruebe su culpabilidad; pero desafortunadamente ya hubo un dictamen formulado por la universidad que emitió el título, nuestra Máxima Casa de Estudios, en el que se afirma que hubo plagio.

Este escándalo “ha puesto al descubierto una cadena de plagios dentro de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), una de las instituciones educativas más prestigiosas del país y de toda América Latina”, según Beatriz Guillén, del periódico El País (23 de diciembre de 2022), pues han documentado la reproducción de cinco tesis más asesoradas por la profesora Martha Rodríguez, quien ya fue despedida; y una más asesorada por otra profesora de esa universidad: en total siete copias.

En fin, está en cuestionamiento la honestidad de una jueza del más alto nivel, el prestigio de la UNAM y hasta la observancia del artículo 424 del Código Penal Federal, contenido en el Título Vigésimo Sexto “De los Delitos en Materia de Derechos de Autor”, que podemos encontrar rápidamente en el sitio web del INDAUTOR (Instituto Nacional de Derechos de Autor, del Gobierno de México); artículo que hace referencia a las obras protegidas por la Ley Federal de Derechos de Autor.

Y en este punto me detengo un poco. Si un trabajo universitario para obtener el grado no es una obra protegida porque no está registrada en el INDAUTOR, ¿no tiene que ser protegida de la misma manera que una que sí tiene ISBN o ISSN? Eso se lo dejamos a los juristas, menos a la ministra en cuestión por favor.

Pero desde un enfoque de protección de derechos de autor y de propiedad intelectual, si el infractor o infractora no merece cárcel ni multa, sí amerita sufrir una severa sanción; y ya en eso están las autoridades de la UNAM y la misma Cámara de Diputados, pues ya han solicitado un juicio político.

Ahora, ¿de quién es la culpa social o educativa si así puede llamarse? Hace algunos años escribí un artículo sobre plagio y otros tipos de fraudes académicos relacionados, al que titulé El robo de ideas en las escuelas, donde cuestiono la conducta docente de descuido a las ideas de otros, como principio ético.

No quiero caer en la eterna cantaleta de culpar a docentes de niveles educativos previos al superior, y no tengo evidencias, aunque sí experiencias personales. En los niveles básicos no se acostumbraba, hasta hace algunos años, pedir al estudiantado que citara las fuentes en sus tareas. Tampoco conozco a padres que cuiden ese aspecto. Espero que ahora todos lo hagamos.

Claro, en las universidades es imperdonable que no se trabaje el respeto irrestricto a los derechos de autor y a la propiedad intelectual como una práctica obligada y, puede decirse que, hasta cotidiana. No pensemos que es un aspecto de forma y hasta el final se arregla, como se hace en muchos trabajos de titulación; la citación no es forma, es fondo, es contenido, es diálogo con los otros autores, porque quien escribe es un autor más. Ciertamente, dependiendo de la complejidad de la tarea, en su amplio sentido, tenemos que orquestar diversos elementos en el cuidado de los trabajos que desarrolla el estudiantado, pero en eso consiste el compromiso docente.

Un querido profesor, y amigo mío, el Dr. Javier Nava González, afirma desde su tesis de maestría, si no mal recuerdo, que la calidad educativa de las Instituciones de Educación Superior (IES) se puede evaluar a partir de lo que produce el estudiantado. Yo concuerdo con él y muchas veces me he preguntado por qué este criterio no se incluye en las mediciones para para conformar el ranking de dichas instituciones.

¿Quién levanta la mano para someterse a esta evaluación? Podemos incluso estratificar la evaluación por semestres, por programas, por niveles educativos, no se espera la misma calidad de producción académica; porque a eso debemos aspirar con los trabajos universitarios, en productos de licenciatura que en los de maestría o doctorado.

El mismo CONACYT que ha cuestionado tanto la calidad educativa de las IES particulares, podría implementar medidas que superen en mucho la titulación en tiempo y forma; los temas con el pretendido impacto social que ni siquiera puede definir bien; las credenciales de directores y directoras de tesis, etc. ¿Por qué no someter a una valoración detallada de las tesis que se producen en todas las universidades?

La autora es académica de la Universidad Iberoamericana Puebla.

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