El programa de parquímetros en el Centro Histórico de Puebla, declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), así como su extensión programada en las calles 14 y 16 Oriente-Poniente, continúan de forma normal, dio a conocer Adán Domínguez Sánchez, gerente del municipio.
Domínguez Sánchez dijo que, hasta el momento, no han sido notificados sobre la resolución de inconstitucionalidad emitida por la SCJN en contra del artículo 57 sección XI de la Ley de Ingresos de Puebla, que habla sobre la operación y cobro de los parquímetros.
El funcionario municipal refirió que el cobro de los parquímetros no es inconstitucional, sino que los ministros consideraron que hay vacíos en la redacción del artículo con respecto a la temporalidad del cobro.
“Estaremos tomando las medidas necesarias al respecto; por lo pronto, el día de hoy y los días subsecuentes el sistema seguirá funcionando de manera normal, lo que se señala como inconstitucional es el artículo de la Ley de Ingresos que se aprueba por parte del Congreso del estado. En este sentido, lo que nosotros estaremos revisando en la resolución es la manera en la que se subsane, junto con el Congreso del estado, justamente la situación de la tarifa”, refirió.
El funcionario municipal aseguró que una vez que les avisen sobre este resolutivo, subsanarán las irregularidades señaladas para que los parquímetros operen con normalidad, aclarando que, de acuerdo con la primera información emitida por la SCJN, la inconstitucionalidad no es por el cobro, sino por la temporalidad del programa.
“Tenemos que esperar a que nos llegue la notificación para saber qué hay que ajustar en la Ley de Ingresos, no se ajusta la tarifa, se ajusta la temporalidad”, detalló.
La resolución de la Corte
El día de ayer la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el cobro de parquímetros en Puebla capital, por considerar que viola la legalidad tributaria y seguridad jurídica.
En sesión pública del lunes, el Pleno invalidó el cobro de parquímetros, al resolver la acción de inconstitucionalidad 22/2023 promovida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDH Puebla), que demandó la invalidez del artículo 57, fracción XI, de la Ley de Ingresos del Municipio de Puebla 2023.
En dicha ley se estableció el cobro de un derecho por la ocupación de espacios para estacionamiento de vehículos, realizado mediante dispositivos digitales, mejor conocidos como parquímetros.
La Corte destacó que en el artículo 57 no se especificaba la temporalidad de las cuotas, lo que implicaba que no existía la base del derecho sobre la cual se determinaría la tarifa a pagar.