El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) revirtió la determinación del Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE) de exigir la renuncia de los aspirantes a una reelección a un cargo de elección popular 120 días del día de la jornada electoral y mantenerlo a 90 días.

Durante la sesión, los magistrados manifestaron que esta situación es consecuencia de la omisión de los diputados locales para regular la figura de la reelección para los ayuntamientos, lo que generó que los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLES) o IEE  en Puebla se hayan visto en la necesidad de crear un  reglamento que ha sido impugnado.

“Al ser omiso el Congreso del Estado de establecer las reglas, el OPLE lo tuvo que hacer, algunos medios de impugnación iban en contra de alguna omisión, y fue después cuando el OPLE emitió el reglamento”, señaló la magistrada presidenta Norma Angélica Sandoval.

En este sentido agregó que ante las diversas omisiones legislativas, han generado que exista un “choque” entre conceptos legales como la Ley Orgánica Municipal, en la cual no existe la figura de la reelección, por lo que un reglamento no puede contrapuntearse con una Ley.

“Para una elección, los servidores, los funcionarios, las funcionarias públicos deben de separarse 90 días antes de la elección de sus cargos.  Bajo la óptica del análisis pormenorizados llegamos a la conclusión es que lo correcto es establecer una modifican al reglamento y dejarlo en 90 días”.

Ante esto,  los magistrados avalaron las impugnaciones presentadas en cuanto al plazo aprobado por el IEE para exigir 120 días para renunciar al cargo actual para buscar esta reelección.

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