{"id":192642,"date":"2020-03-23T15:24:13","date_gmt":"2020-03-23T21:24:13","guid":{"rendered":"https:\/\/sintesis.com.mx\/puebla\/?p=192642"},"modified":"2020-03-23T15:24:13","modified_gmt":"2020-03-23T21:24:13","slug":"lejos-de-sentirnos-halagadas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sintesis.com.mx\/puebla\/2020\/03\/23\/lejos-de-sentirnos-halagadas\/","title":{"rendered":"\u201cLejos de sentirnos halagadas no sentimos acosadas\u201d"},"content":{"rendered":"<p><strong>Seg\u00fan testimonios recogidos por S\u00edntesis de mujeres que se desempe\u00f1an en diversos rubros en la Ciudad de M\u00e9xico,<\/strong> el acoso sexual en la oficina es una pr\u00e1ctica muy com\u00fan que las afecta d\u00eda a d\u00eda.<\/p>\n<p>Se\u00f1alan que el asedio del que son v\u00edctimas todos los d\u00edas, es una pr\u00e1ctica normalizada en nuestra sociedad, ya que se argumenta que la mujer siempre propicia el acercamiento mal intencionado de los hombres.<\/p>\n<p><strong>\u201cMi error fue saludarlo, responderle la sonrisa, aceptarle unas galletas para el caf\u00e9 y ser amable cada vez que se acercaba\u201d.<\/strong><\/p>\n<p>Pero ahora el acercamiento cambio de tono: \u201cLlega y me acaricia las manos, me distrae de mis funciones, me dice que linda me veo hoy, que cuando nos vamos a tomar unos tragos.\u201d<\/p>\n<p>\u201cSon jefes, personas de rangos altos y de posiciones jer\u00e1rquicas de poder que en cualquier momento pueden tomar represalias en contra de nosotras\u201d.<\/p>\n<p><strong>Reconocen que pese a sentirse acosadas es dif\u00edcil denunciar esta pr\u00e1ctica, debido a que siempre se justifica que el acoso del que son v\u00edctimas fue propiciado: \u201cT\u00fa que hiciste para que pensara otra cosa, t\u00fa le aceptaste las atenciones, t\u00fa tuviste la culpa\u201d.<\/strong><\/p>\n<p>Pese que el acoso esta catalogado como un delito, las referidas se\u00f1alan que prefieren no denunciar, \u201cporque no peligra su vida\u201d y no quieren perder su empleo, al menos eso piensan.<\/p>\n<p>\u201cNo peligra mi vida, me siento incomoda pero ni siquiera me dan ganas de ir con recursos humanos porque se toman represalias, me exhibir\u00edan en el trabajo\u201d, sostienen.<\/p>\n<p>Aseveran que el entorno familiar como una relaci\u00f3n conflictiva en casa las pone en una situaci\u00f3n vulnerable ante este tipo de agresores, debido a que aseguran que este tipo de personas tienen un radar cuando saben que est\u00e1s pasando por un mal momento.<\/p>\n<p><strong>\u201cTu confianza esta mermada y te identifican, a m\u00ed me parten la madre si me corren, es ponerte en evidencia con los dem\u00e1s\u201d.<\/strong><\/p>\n<p>Para evadir este conflicto, las v\u00edctimas de este delito prefieren darle la vuelta a la p\u00e1gina y ser reconocidas por su trabajo y no por el \u201cchisme que se pueda suscitar de denunciar el acoso\u201d.<\/p>\n<p>\u201cPrefiero que me reconozcan por mi trabajo que por el chisme\u201d.<\/p>\n<p>Afirman: \u201cSiempre te van a decir que t\u00fa lo permitiste, porque no lo hablaste; en suma el agresor siempre \u00a0sale bien librado. Yo tengo la culpa por ser amable, por recibir atenciones, porque le sonre\u00eda\u201d.<\/p>\n<p>La Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) establece que el hostigamiento y el acoso sexual en el \u00e1mbito laboral son conductas que deben de ser prevenidas y perseguidas cuando se presentan.<\/p>\n<p>El hostigamiento es el ejercicio del poder, en una relaci\u00f3n de subordinaci\u00f3n que se expresa en conductas verbales, f\u00edsicas o ambas, relacionadas con la sexualidad de connotaci\u00f3n lasciva. El acoso sexual es una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinaci\u00f3n, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensi\u00f3n y de riesgo.<\/p>\n<p>Los comentarios, los roces, las miradas, incluso las expresiones corporales que te hacen sentir inc\u00f3moda no son normales y no se tienen porque aguantar s\u00f3lo porque es tu jefe, jefa o compa\u00f1ero de trabajo.<\/p>\n<p>De acuerdo al art\u00edculo 14 de La Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, las entidades federativas y la Ciudad de M\u00e9xico, en funci\u00f3n de sus atribuciones, tomar\u00e1n en consideraci\u00f3n:<\/p>\n<p>Establecer las pol\u00edticas p\u00fablicas que garanticen el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia en sus relaciones laborales y\/o de docencia;<\/p>\n<p>Fortalecer el marco penal y civil para asegurar la sanci\u00f3n a quienes hostigan y acosan;<\/p>\n<p>Promover y difundir en la sociedad que el hostigamiento sexual y el acoso sexual son delitos,<\/p>\n<p>Dise\u00f1ar programas que brinden servicios reeducativos integrales para v\u00edctimas y agresores.<\/p>\n<p>En el art\u00edculo 15 de la citada ley para efectos del hostigamiento o el acoso sexual, los tres \u00f3rdenes de gobierno deber\u00e1n:<\/p>\n<p>Reivindicar la dignidad de las mujeres en todos los \u00e1mbitos de la vida;<\/p>\n<p>Establecer mecanismos que favorezcan su erradicaci\u00f3n en escuelas y centros laborales privados o p\u00fablicos, mediante acuerdos y convenios con instituciones escolares, empresas y sindicatos;<\/p>\n<p>Crear procedimientos administrativos claros y precisos en las escuelas y los centros laborales, para sancionar estos il\u00edcitos e inhibir su comisi\u00f3n;<\/p>\n<p>En ning\u00fan caso se har\u00e1 p\u00fablico el nombre de la v\u00edctima para evitar alg\u00fan tipo de sobrevictimizaci\u00f3n o que sea boletinada o presionada para abandonar la escuela o trabajo;<\/p>\n<p>Para los efectos de la fracci\u00f3n anterior, deber\u00e1n sumarse las quejas anteriores que sean sobre el mismo hostigador o acosador, guardando p\u00fablicamente el anonimato de la o las quejosas;<\/p>\n<p>Proporcionar atenci\u00f3n psicol\u00f3gica y legal, especializada y gratuita a quien sea v\u00edctima de hostigamiento o acoso sexual;<\/p>\n<p>Implementar sanciones administrativas para los superiores jer\u00e1rquicos del hostigador o acosador cuando sean omisos en recibir y\/o dar curso a una queja.<\/p>\n<p>Expertos sostienen que el acoso sexual es una forma de violencia que es necesario erradicar, implementando mecanismos para permitir que las mujeres tengan una adecuada protecci\u00f3n de sus derechos humanos, un conveniente desarrollo individual y social y su plena e igualitaria participaci\u00f3n en todas las esferas de vida.<\/p>\n<p>Esta forma de violencia se presenta de manera reiterativa en espacios p\u00fablicos por parte de individuos, principalmente del g\u00e9nero masculino que, por razones de g\u00e9nero, ideolog\u00eda, machismo, realizan conductas f\u00edsicas o verbales de naturaleza o connotaci\u00f3n sexual, estas conductas afectan la dignidad de quienes las reciben y vulneran sus derechos fundamentales como la libertad de tr\u00e1nsito y la libertad sexual.<\/p>\n<p><strong>El acoso sexual se ha normalizado en nuestra sociedad<\/strong><\/p>\n<p>Para el diputado federal, Alan Jes\u00fas Falomir S\u00e1enz, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano (MC), el acoso sexual deja en un estado de indefensi\u00f3n a la persona acosada ya que este problema se ha normalizado en la vida cotidiana de las mujeres que a diario tienen que salir a las calles, a sus trabajos o escuelas ya que no existe una verdadera ayuda que permita terminar con este problema social y que permita transitar con libertad y seguridad a las mujeres.<\/p>\n<p>Incluso, agrega, hay quienes piensan que el acoso no es un problema y creen realmente que no existe nada de malo en que las personas, principalmente mujeres, reciban este tipo de transgresi\u00f3n ya que lo ven como parte de la costumbre o de la cultura del pueblo, por ello se busca que este tipo de conductas se sancionen para que cada vez sea menor la violencia hacia las mujeres que tanto adolece en nuestro pa\u00eds.<\/p>\n<p>De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Din\u00e1mica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH), que es la encargada de obtener y brindar informaci\u00f3n sobre la violencia que se ejerce contra las mujeres<\/p>\n<ul>\n<li>En mujeres mayores de 15 a\u00f1os el 66.1% han enfrentado al menos un incidente de violencia por parte de cualquier agresor, alguna vez en su vida.<\/li>\n<li>En los espacios p\u00fablicos o comunitarios, 34.3% de las mujeres han experimentado alg\u00fan tipo de violencia sexual.<\/li>\n<li>La violencia ejercida contra las mujeres en el \u00e1mbito comunitario en los \u00faltimos 12 meses ocurri\u00f3 principalmente en la calle y parques, seguido del trasporte p\u00fablico.<\/li>\n<\/ul>\n<p>De acuerdo tambi\u00e9n, con este sondeo, los principales agresores en contra de las mujeres en espacios p\u00fablicos son personas desconocidas.<\/p>\n<p>La violencia contra las mujeres en los espacios p\u00fablicos o comunitarios es sobre todo de \u00edndole sexual, seg\u00fan testimonios de mujeres que han sufrido acoso en espacios p\u00fablicos, las conductas de acoso pueden ir desde una mirada lasciva, acecho, burlas, conductas verbales y f\u00edsicas de car\u00e1cter expl\u00edcitamente sexual, entre otras, resultando ofensivas y violatorias de derechos fundamentales para quienes las reciben.<\/p>\n<p><strong>No se denuncia el abuso sexual <\/strong><\/p>\n<p>Con base a datos de M\u00e9xico Eval\u00faa, en el \u00faltimo semestre de 2019, 99.7% de los casos de violencia sexual que sufrieron las mujeres mayores de 18 a\u00f1os no fue denunciado.<\/p>\n<p>De acuerdo a cifras de la Encuesta Nacional de Seguridad P\u00fablica Urbana del Inegi, la ONG los compar\u00f3 con datos oficiales y concluy\u00f3 que los delitos sexuales que sufren las mujeres rara vez llegan al Ministerio P\u00fablico y, aunque se denuncien, no necesariamente se inicia una carpeta de investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Seg\u00fan M\u00e9xico Eval\u00faa, cuatro de cada 10 mujeres mayores de 18 a\u00f1os sufrieron alg\u00fan tipo de violencia sexual durante el segundo semestre de 2019.<\/p>\n<p>La violencia sexual incluye acoso sexual, hostigamiento, abuso sexual, intento de violaci\u00f3n y violaci\u00f3n, es decir, m\u00e1s de seis millones de mujeres fueron v\u00edctimas de alguno de estos delitos en los \u00faltimos seis meses.<\/p>\n<p>Para M\u00e9xico Eval\u00faa, el SESNSP reporta una proporci\u00f3n min\u00fascula de la incidencia delictiva real. Para los delitos de hostigamiento\/acoso sexual y abuso sexual, la cifra negra alcanza el 99.8 por ciento.<\/p>\n<p>Entre julio y diciembre de 2019 dio a conocer dos mil 364 carpetas de investigaci\u00f3n a nivel nacional por el delito de violaci\u00f3n, mientras que la ENSU estima que 363 mil 768 mujeres fueron v\u00edctimas de este delito durante el mismo periodo. Esto significa que en 99.4% de los casos de violaci\u00f3n no hubo una denuncia o no se inici\u00f3 una investigaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La Organizaci\u00f3n de las Naciones Unidas (ONU), establece que el acoso sexual en el trabajo tiene como consecuencias: el aumento de estr\u00e9s financiero, cambios precipitados de trabajo, y se puede alterar significativamente la superaci\u00f3n profesional de las mujeres acosadas.<\/p>\n<p><strong>Pendiente que el acoso sea catalogado como delito en el C\u00f3digo Penal Federal <\/strong><\/p>\n<p>Aunque todav\u00eda no se tipifica el acoso sexual como delito en el C\u00f3digo Penal Federal y se encuentra pendiente de ser avalado por el Senado de la Rep\u00fablica, la C\u00e1mara de Diputados, aprob\u00f3 esta enmienda para que sea una realidad.<\/p>\n<p>La presente propuesta, pretende adicionar un art\u00edculo al C\u00f3digo Penal Federal, tipificando el delito de acoso sexual en espacios p\u00fablicos destacando que, a diferencia del hostigamiento sexual, contemplado en el mencionado C\u00f3digo Penal, el acoso pueda configurarse sin que el acto sea realizado por alguna persona que se valga de su posici\u00f3n jer\u00e1rquica, y que sea punible independiente de que el acoso se haya realizado una o varias veces.<\/p>\n<p>Por lo anterior, la presente iniciativa pretende que exista una mayor protecci\u00f3n de la justicia a las mujeres y que se d\u00e9 fin a la violencia por razones de g\u00e9nero y exista una mayor igualdad y respeto entre los hombres y las mujeres.<\/p>\n<p>Asimismo, con el presente proyecto de decreto, se busca que los estados que no tienen tipificado el de acoso sexual en sus respectivos c\u00f3digos penales, lo incluyan en el cat\u00e1logo de delitos para brindar una verdadera protecci\u00f3n de la justicia a quienes sean v\u00edctimas de este delito, adem\u00e1s tambi\u00e9n, se pretende que exista una mayor igualdad de g\u00e9nero, y que se entienda que todas las personas tenemos el mismo valor y que se dejen de normalizar este tipo de conductas en espacios tanto p\u00fablicos como privados.<\/p>\n<p>\u201cComete acoso sexual en espacios p\u00fablicos o privados aquel que realice conducta f\u00edsica o verbal de naturaleza o connotaci\u00f3n sexual en contra de otra, quien no desea o rechaza esta conducta por considerar que afectan su dignidad, sus derechos fundamentales como la libertad, la integridad y el libre tr\u00e1nsito, creando en ellas intimidaci\u00f3n, hostilidad, degradaci\u00f3n o un ambiente ofensivo en dichos espacios\u201d.<\/p>\n<p>Aquel que cometa este delito, se le impondr\u00e1 una pena de 1 a 3 a\u00f1os de prisi\u00f3n o de 100 a 300 d\u00edas de multa.<\/p>\n<p><strong>Aprueban incluir el acoso sexual en la ley federal del trabajo<\/strong><\/p>\n<p>El Pleno de la C\u00e1mara de Diputados tambi\u00e9n aprob\u00f3 reformas a las leyes General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y Federal del Trabajo, con el objetivo de definir el concepto de hostigamiento sexual y establecerlo como una forma de violencia que se expresa en conductas verbales, f\u00edsicas, o ambas.<\/p>\n<p>En las modificaciones a los art\u00edculos 3, 47, 51 y 133 de la Ley Federal del Trabajo, se precisa que el acoso sexual se entender\u00e1 como una forma de violencia que se expresa en conductas verbales, f\u00edsicas, o ambas, relacionadas con la sexualidad o de connotaci\u00f3n lasciva.<\/p>\n<p>Se adiciona la definici\u00f3n de hostigamiento sexual como el ejercicio de poder en una relaci\u00f3n de subordinaci\u00f3n real de la v\u00edctima frente al agresor en el \u00e1mbito laboral, que se expresa en conductas verbales, f\u00edsicas, o ambas, relacionadas con la sexualidad o de connotaci\u00f3n lasciva.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se establece que ser\u00e1 causa de rescisi\u00f3n de la relaci\u00f3n de trabajo, sin responsabilidad para el patr\u00f3n, el que el empleado cometa hostigamiento sexual contra cualquier persona en el establecimiento.<\/p>\n<p>Queda prohibido para los patrones o sus representantes realizar actos de hostigamiento sexual. Ser\u00e1 causa de rescisi\u00f3n laboral, con responsabilidad para el patr\u00f3n, incurrir en esta conducta contra el empleado, c\u00f3nyuge, padres, hijos o hermanos.<\/p>\n<p>La reforma al art\u00edculo 13 de la Ley de General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, precisa que el hostigamiento sexual se expresa en conductas verbales, f\u00edsicas, o ambas, relacionadas con la sexualidad o de connotaci\u00f3n lasciva.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Seg\u00fan testimonios recogidos por S\u00edntesis de mujeres que se desempe\u00f1an en diversos rubros en la Ciudad de M\u00e9xico, el acoso sexual en la oficina es una pr\u00e1ctica muy com\u00fan que las afecta d\u00eda a d\u00eda. 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