{"id":270190,"date":"2021-12-27T17:01:32","date_gmt":"2021-12-27T23:01:32","guid":{"rendered":"https:\/\/sintesis.com.mx\/puebla\/?p=270190"},"modified":"2021-12-27T17:01:32","modified_gmt":"2021-12-27T23:01:32","slug":"leccion-81-derecho-civil","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sintesis.com.mx\/puebla\/2021\/12\/27\/leccion-81-derecho-civil\/","title":{"rendered":"Lecci\u00f3n 81. Derecho Civil: Contratos. Los Traslativos de dominio. (donaci\u00f3n y mutuo)"},"content":{"rendered":"<p><strong>LECCIONES DE DERECHO<\/strong><\/p>\n<p><strong>Perla G\u00f3mez Gallardo<\/strong><a href=\"#_ftn1\" name=\"_ftnref1\"><strong>[1]<\/strong><\/a><\/p>\n<p>Cerramos la revisi\u00f3n de los contratos traslativos con la donaci\u00f3n y el mutuo que tienen las siguientes caracter\u00edsticas:<\/p>\n<p>Donaci\u00f3n es un contrato por el que una persona transfiere a otra, gratuitamente, una parte o la totalidad de sus bienes presentes. (2332 CCF)<\/p>\n<p>La donaci\u00f3n es un regalo, una transferencia que sin costo realiza una persona en beneficio de otra. Es com\u00fan en las relaciones familiares llevar a cabo este tipo de traslados del dominio tanto de bienes muebles como inmuebles, se realiza entre vivos a diferencia de las derivadas de acciones sucesorias.<\/p>\n<p>La donaci\u00f3n no puede comprender los bienes futuros. (2333 CCF) La donaci\u00f3n puede ser pura, condicional, onerosa o remuneratoria. (2334 CCF) Pura es la donaci\u00f3n que se otorga en t\u00e9rminos absolutos, y condicional la que depende de alg\u00fan acontecimiento incierto. (2335 CCF) Es onerosa la donaci\u00f3n que se hace imponiendo algunos grav\u00e1menes, y remuneratoria la que se hace en atenci\u00f3n a servicios recibidos por el donante y que \u00e9ste no tenga obligaci\u00f3n de pagar. (2336 CCF) Cuando la donaci\u00f3n sea onerosa, s\u00f3lo se considera donado el exceso que hubiere en el precio de la cosa, deducidas de \u00e9l las cargas. (2337 CCF) Las donaciones s\u00f3lo pueden tener lugar entre vivos y no pueden revocarse sino en los casos declarados en la ley. (2338 CCF)<\/p>\n<p>La donaci\u00f3n es perfecta desde que el donatario la acepta y hace saber la aceptaci\u00f3n al donador. (2340 CCF) La donaci\u00f3n puede hacerse verbalmente o por escrito. (2341 CCF) No puede hacerse la donaci\u00f3n verbal m\u00e1s que de bienes muebles. (2342 CCF) Es nula la donaci\u00f3n que comprenda la totalidad de los bienes del donante, si \u00e9ste no se reserva en propiedad o en usufructo lo necesario para vivir seg\u00fan sus circunstancias. (2347 CCF) Las donaciones ser\u00e1n inoficiosas en cuanto perjudiquen la obligaci\u00f3n del donante de ministrar alimentos a aquellas personas a quienes los debe conforme a la ley. (2348 CCF) Si el que hace donaci\u00f3n general de todos sus bienes se reserva algunos para testar, sin otra declaraci\u00f3n, se entender\u00e1 reservada la mitad de los bienes donados. (2349 CCF) Si el donatario hubiere hipotecado los bienes donados subsistir\u00e1 la hipoteca, pero tendr\u00e1 derecho el donante de exigir que aqu\u00e9l la redima. Esto mismo tendr\u00e1 lugar trat\u00e1ndose de usufructo o servidumbre impuestas por el donatario. (2363 CCF) Cuando los bienes no puedan ser restituidos en especie, el valor exigible ser\u00e1 el que ten\u00edan aqu\u00e9llos al tiempo de la donaci\u00f3n. (2364 CCF)<\/p>\n<p>La donaci\u00f3n puede ser revocada por ingratitud: I. Si el donatario comete alg\u00fan delito contra la persona, la honra o los bienes del donante o de los ascendientes, descendientes o c\u00f3nyuge de \u00e9ste; II. Si el donatario reh\u00fasa socorrer, seg\u00fan el valor de la donaci\u00f3n, al donante que ha venido a pobreza. (2370 CCF)<\/p>\n<p>El traslado del dominio debe ser sobre bienes presentes, como se aprecia la ausencia de la ingratitud es la base de la permanencia de la donaci\u00f3n. El siguiente contrato de esta categor\u00eda es el mutuo:<\/p>\n<p>El mutuo es un contrato por el cual el mutuante se obliga a transferir la propiedad de una suma de dinero o de otras cosas fungibles al mutuario, quien se obliga a devolver otro tanto de la misma especie y calidad. (2384 CCF)<\/p>\n<p>Si en el contrato no se ha fijado plazo para la devoluci\u00f3n de lo prestado, se observar\u00e1n las reglas siguientes: I. Si el mutuario fuere labrador y el pr\u00e9stamo consistiere en cereales u otros productos del campo, la restituci\u00f3n se har\u00e1 en la siguiente cosecha de los mismos o semejantes frutos o productos; II. Lo mismo se observar\u00e1 respecto de los mutuarios que, no siendo labradores, hayan de percibir frutos semejantes por otro t\u00edtulo; III. En los dem\u00e1s casos, la obligaci\u00f3n de restituir se rige por lo dispuesto en el art\u00edculo 2080. (2385 CCF)<\/p>\n<p>La entrega de la cosa prestada y la restituci\u00f3n de lo prestado se har\u00e1n en lugar convenido. (2386 CCF)<\/p>\n<p>Cuando no se ha se\u00f1alado lugar, se observar\u00e1n las reglas siguientes:<\/p>\n<ol start=\"2085\">\n<li>La cosa prestada se entregar\u00e1 en el lugar donde se encuentre; II. La restituci\u00f3n se har\u00e1, si el pr\u00e9stamo consiste en efectos, en el lugar donde se recibieron. Si consiste en dinero, en el domicilio del deudor, observ\u00e1ndose lo dispuesto en el art\u00edculo 2085. (2387 CCF)<\/li>\n<\/ol>\n<p>Si no fuere posible al mutuario restituir en g\u00e9nero, satisfar\u00e1 pagando el valor que la cosa prestada ten\u00eda en el tiempo y lugar en que se hizo el pr\u00e9stamo, a juicio de peritos, si no hubiere estipulaci\u00f3n en contrario. (2388 CCF)<\/p>\n<p>Consistiendo el pr\u00e9stamo en dinero, pagar\u00e1 el deudor devolviendo una cantidad igual a la recibida conforme a la ley monetaria vigente al tiempo de hacerse el pago, sin que la prescripci\u00f3n sea renunciable. Si se pacta que el pago debe hacerse en moneda extranjera, la alteraci\u00f3n que \u00e9sta experimente en valor, ser\u00e1 en da\u00f1o o beneficio del mutuario. (2389 CCF)<\/p>\n<p>El mutuante es responsable de los perjuicios que sufra el mutuario por la mala calidad o vicios ocultos de la cosa prestada, si conoci\u00f3 los defectos y no dio aviso oportuno al mutuario. (2390 CCF)<\/p>\n<p>En el caso de haberse pactado que la restituci\u00f3n se har\u00e1 cuando pueda o tenga medios el deudor, se observar\u00e1 lo dispuesto en el art\u00edculo 2080. (2391 CCF)<\/p>\n<p>No se declarar\u00e1n nulas las deudas contra\u00eddas por el menor para proporcionarse los alimentos que necesite, cuando su representante leg\u00edtimo se encuentre ausente. (2392 CCF)<\/p>\n<p>Es permitido estipular inter\u00e9s por el mutuo, ya consista en dinero, ya en g\u00e9neros. (2393 CCF) El inter\u00e9s es legal o convencional. (2394 CCF) El inter\u00e9s legal es el nueve por ciento anual. El inter\u00e9s convencional es el que fijen los contratantes, y puede ser mayor o menor que el inter\u00e9s legal; pero cuando el inter\u00e9s sea tan desproporcionado que haga fundadamente creer que se ha abusado del apuro pecuniario, de la inexperiencia o de la ignorancia del deudor, a petici\u00f3n de \u00e9ste el juez, teniendo en cuenta las especiales circunstancias del caso, podr\u00e1 reducir equitativamente el inter\u00e9s hasta el tipo legal. (2395 CCF) Si se ha convenido un inter\u00e9s m\u00e1s alto que el legal, el deudor, despu\u00e9s de seis meses contados desde que se celebr\u00f3 el contrato, puede reembolsar el capital, cualquiera que sea el plazo fijado para ello, dando aviso al acreedor con dos meses de anticipaci\u00f3n y pagando los intereses vencidos. (2396 CCF) Las partes no pueden, bajo pena de nulidad, convenir de antemano que los intereses se capitalicen y que produzcan intereses. (2397 CCF)<\/p>\n<p>Las reglas que se aprecian en el pr\u00e9stamo se encuentran tambi\u00e9n establecidas en materia del Derecho Mercantil, en estas figuras es com\u00fan derivar contratos accesorios de garant\u00eda que veremos m\u00e1s adelante.<\/p>\n<p>Twitter: @TPDI<\/p>\n<p><a href=\"#_ftnref1\" name=\"_ftn1\">[1]<\/a> Profesora Investigadora Titular C de la Universidad Aut\u00f3noma Metropolitana Unidad Cuajimalpa. Maestra por oposici\u00f3n de la Asignatura Derecho a la Informaci\u00f3n de la Facultad de Derecho UNAM.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>LECCIONES DE DERECHO Perla G\u00f3mez Gallardo[1] Cerramos la revisi\u00f3n de los contratos traslativos con la donaci\u00f3n y el mutuo que tienen las siguientes caracter\u00edsticas: Donaci\u00f3n es un contrato por el que una persona transfiere a otra, gratuitamente, una parte o la totalidad de sus bienes presentes. (2332 CCF) La donaci\u00f3n es un regalo, una transferencia [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":126,"featured_media":226883,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[7],"tags":[58279,18220,71702,78196,71508,47082],"yst_prominent_words":[35642,42132,29628,31567,34626,30447],"class_list":["post-270190","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-vox","tag-columnista","tag-contratos","tag-derecho-civil","tag-leccion-81","tag-lecciones-de-derecho","tag-perla-gomez-gallardo"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/puebla\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/270190"}],"collection":[{"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/puebla\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/puebla\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/puebla\/wp-json\/wp\/v2\/users\/126"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/puebla\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=270190"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/puebla\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/270190\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/puebla\/wp-json\/wp\/v2\/media\/226883"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/puebla\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=270190"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/puebla\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=270190"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/puebla\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=270190"},{"taxonomy":"yst_prominent_words","embeddable":true,"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/puebla\/wp-json\/wp\/v2\/yst_prominent_words?post=270190"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}