En 2017 se lograron ventas por 13 millones 499 mil 22 dólares de 22 empresas que exportan sus productos a 24 países, por lo que la Secretaría de Economía (SE) expidió 581 certificados de origen indicó el delegado, Daniel Corona Moctezuma.

Los certificados de origen se expidieron para exportar productos a Argentina, Australia, Brasil, China, Colombia, Corea, Cuba, Dinamarca, Ecuador, Francia, Holanda, India, Italia, Japón, Panamá, Perú, Reino Unido, Singapur, Sudáfrica, Tailandia, Taiwán, Túnez, Uruguay y Venezuela.

Dentro de los productos que se exportaron a partir de la expedición de los certificados de origen fueron anillos, bomba centrífuga, bomba de agua, cable de aluminio, cenefas, copo limero de estireno, cobertores, estructuras metálicas, hilo de fibra de vidrio, palanca de velocidades, papel y cartón filtro, pigmento metálico, poliestireno, rovings, sudaderas, sellos metálicos, soporte de baleros y tela para colchón.

El monto económico de la exportación de productos con el respaldo de los certificados de origen de enero a noviembre de 2017 fue en enero: 1.8 millones de dólares; en febrero, 1.2 millones; en marzo, 1.3 millones; en abril, 1.1 millones; en mayo, 1.2 millones; junio, 1.5 millones; en julio, 0.9 millones; en agosto, 1.9 millones; en septiembre, 0.7 millones; en octubre, 0.8 millones y en noviembre, 1.2 millones.

El funcionario federal, comentó que los certificados de origen se expiden en el marco de los tratados de libre comercio y de los acuerdos comerciales internacionales firmados por México, por lo que se establece la eliminación o reducción de los impuestos de importación en los países a los que se exportan bienes obtenidos o fabricados en nuestro país y que califican como originarios.

Explicó que el proceso para determinar que un bien califica como originario es conocido como certificación de origen, el cual consta, según el caso, de una o dos etapas: 1) registro de productos y 2) validación de certificado de origen.

Aunque cuando en el tratado o acuerdo comercial internacional se establezca que el certificado de origen aplicable sólo sea llenado y firmado por el exportador o por el productor del bien de que se trate, solo se debe cumplir con la etapa de validación de certificado de origen, la cual es realizada sólo por el exportador.

Expuso que si en el tratado o acuerdo de que se trate, se establece específicamente que el certificado de origen aplicable, debe ser llenado y firmado por el exportador o por el productor del bien de que se trate y adicionalmente ser sellado y firmado por la autoridad gubernamental competente (Secretaría de Economía), se deben realizar dos etapas.

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