Después de una larga lucha interna con la violencia, que data desde la administración de Felipe Calderón Hinojosa, y tratando de encontrar un marco legal para justificar la acción de las fuerzas armadas en los estados, se aprobó en 2017 la Ley de Seguridad Interior para ser de inmediato fuertemente criticada y rechazada por amplios sectores de la sociedad al tacharla de inconstitucional.

Precisamente se recuerda a Calderón Hinojosa como el responsable de usar el término “guerra” en su lucha contra el narcotráfico y, por consiguiente, el empleo del ejército y recursos militares para hacerles frente, cuestión que también dicen los entendidos que era anticonstitucional, y que además según las estadísticas, costó una elevada cifra de muertes.

Ante esto, comenzó la búsqueda de un marco legal para justificar que los militares pudieran participar en la seguridad pública, sin embargo, apenas el año pasado fue que se aprobó la Ley de Seguridad Interior, impulsada obviamente por el PRI, en alianza con el PAN, PVEM, Nueva Alianza y PES.

Las impugnaciones a la referida ley aparecieron, la Comisión Estatal de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de los Derechos Humanos también mostraron su desacuerdo, al carecer de una asignación de responsabilidades para que el Ejército pudiera evitar violaciones a los derechos humanos.

No sobra decir que José Antonio Meade, candidato presidencial del tricolor, ha expresado que esta ley es un “paso adelante”, y como es sabido, López Obrador considera que se deben explotar otras vías en la lucha contra la delincuencia organizada.

Como un primer resultado que sin duda sentará un precedente, el Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa, Fernando Silva García, resolvió que la Ley de Seguridad Interior, aprobada por el Poder Legislativo y promulgada por el presidente Enrique Peña Nieto el 21 de diciembre del año pasado, es “inconstitucional”.

Esto en respuesta a una demanda de amparo interpuesta por la penalista Bárbara Zamora, donde el juez resolvió que la actuación de las fuerzas armadas en tareas de seguridad pública y seguridad interior “implica un riesgo para el ejercicio de los derechos fundamentales de las personas”.

Mientras que en otra resolución, la jueza Novena de Distrito en Guanajuato, Karla María Macías Lovera, concedió un amparo similar a una organización de personas defensoras de los derechos humanos.

Explicó que a los quejosos su actividad “los vuelve susceptibles al escrutinio del poder estatal, con motivo de las labores de promoción y protección de derechos humanos; máxime que su línea de acción versa sobre derechos políticos y temas relacionados con democracia y ciudadanía”.

En su sentencia, el juez Silva García resolvió que “la Justicia de la Unión ampara y protege a la parte quejosa frente al sistema normativo de la Ley de Seguridad Interior que incorpora a las fuerzas armadas en las funciones relativas a la seguridad interior en tiempos de paz”.

“La intervención de las autoridades militares en tiempos de paz implica la medida excepcional de solicitar al instituto armado que participe en tareas distintas a aquella loable labor para la cual fue creado y por ende que se introduzca un riesgo para el ejercicio de los derechos fundamentales de las personas, precisamente porque la autoridad militar difícilmente puede sustraerse al régimen de mando y adiestramiento para el cual fue creado”, señala la sentencia.

Mientras que todo parece indicar que la Ley de Seguridad Interior no dará los resultados que se esperan por diversas causas, el país continúa viviendo una violencia incontrolable y francamente penosa, que nos exhibe ante la comunidad internacional como una sociedad peligrosa y con la que hay que tener cuidado, baste mencionar los recientes casos de los ciclistas asesinados, es inconcebible que un par de ciclistas que habían viajado por el mundo, les haya atraído nuestro país para hacer turismo, deslumbrados por su magnificencia, su historia y sus paraísos naturales, y como recibimiento se les haya privado de la vida.

Retroalimenta: malo_en@hotmail.com 

DEJA UNA RESPUESTA

Please enter your comment!
Please enter your name here