Mayo y junio son dos meses donde los trabajadores se ven beneficiados con un ingreso extra, pues en estas fechas, las empresas reparten las llamadas “utilidades”.
Para esto, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) da a conocer que es un derecho constitucional de los trabajadores recibir una parte de las ganancias generadas por las empresas donde laboran.
Las personas morales (empresas) deben cumplir con el reparto de utilidades del primero de abril al 30 de mayo y hasta el 29 de junio si se trata de personas físicas (patrón). Para poder cobrar las utilidades se cuenta con un plazo de un año a partir de que la empresa realizó su declaración anual.
En la Condusef, brindan opciones y consejos para que los trabajadores beneficiados con este ingreso extra que reciben cada año, hagan un uso responsable y útil del pago recibido.
Deben darle un uso responsable, si tienen deudas, las utilidades pueden servir para abonar a esas cuentas o pagarlas por completo; es aconsejable que si presentan varias deudas, apliquen la mayor cantidad de dinero a aquella que generen un mayor interés, de manera que el adeudo restante, tenga el menor impacto posible en sus finanzas.
Otra opción viable en caso de no tener deudas, es la de invertir el dinero, en instrumentos como los que ofrecen las Sociedades de Inversión o también, en opciones gubernamentales que brinden rendimientos y no representen alto riesgo, como los Certificados de la Tesorería de la Federación (Cetes) que son el instrumento de deuda bursátil más antiguo emitido por el gobierno federal.
Este tipo de información puede ser consultada por medio de la página de internet de la Condusef https://www.gob.mx/condusef en donde podrán encontrar más consejos útiles para el uso y asignación del reparto de utilidades.