A casi tres años de la desaparición de la niña Karla Romero en el municipio de San Pablo del Monte, este domingo la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 83/2018 al gobierno estatal por la violación a los derechos humanos de acceso a la justicia en la modalidad de procuración de justicia en agravio de la menor y cuatro de sus familiares.
El organismo público autónomo, señala que servidores públicos de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), actuaron de manera tardía para iniciar con la localización de la niña quien tenía once años de edad cuando desapareció el pasado 13 de enero de 2016, puesto que dichas autoridades emitieron una “Pre-Alerta Amber”, tres días después de la denuncia de los padres, de igual forma se acreditó que dio aviso a la Coordinación de Alerta AMBER México para la activación de dicho mecanismo a nivel nacional hasta el 4 de febrero de 2016, 22 días después del reporte; además se radicó una Acta Circunstanciada en lugar de una Averiguación Previa omitiendo elevarla a dicha calidad sin justificar el motivo por el cual se consideró que los elementos que arrojaba la citada denuncia no eran suficientes para presumir la comisión de un hecho delictivo.
Asimismo omitió dar respuesta por escrito a los padres de la menor respecto a su solicitud formulada para elevar el Acta Circunstanciada a averiguación previa; además de incumplir con diversos lineamientos de actuación que establece el Protocolo de Investigación Ministerial de los Delitos Relacionados con Desaparición de Mujeres, así como omitir tomar en consideración otras hipótesis o líneas de investigación, como la desaparición de la niña como posible víctima de trata de personas.
Con lo anterior, la CNDH pidió al gobernador Marco Mena que en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y Ofendidos de Tlaxcala, se brinde la reparación integral a los familiares de la niña, que incluya atención psicológica durante el tiempo que se requiera; instruya a la PGJE a continuar con la integración y perfeccionamiento de la Averiguación Previa 4, para que se continúe con la búsqueda y localización de la niña.
Colaborar con la CEDH en la presentación y seguimiento de la queja que se formule ante el Órgano Interno de Control en la Procuraduría de Tlaxcala y la Unidad de Visitaduría y Asuntos Internos de la misma dependencia en contra de las autoridades involucradas en los hechos.
Se imparta un curso de capacitación y sensibilización a los servidores públicos encargados de ejecutar el Protocolo “Alerta AMBER Tlaxcala”, con la finalidad de eviten anteponer estigmas o estereotipos que generen una revictimización de las personas que acudan a dicha instancia, y otro curso integral dirigido al personal ministerial con capacitación y formación en derechos humanos, específicamente en desaparición de personas.
Instruya para que la Coordinación Estatal del Programa “Alerta AMBER Tlaxcala”, realice las gestiones necesarias para modificar el Protocolo estatal, a efecto de que se simplifique el procedimiento de activación de la Alerta y se lleve a cabo de inmediato a la noticia de la desaparición, una vez que se cumplan los criterios requeridos.
El organismo autónomo dio un plazo de dos meses contados a partir de este domingo 6 de enero para que en cumplimiento a lo dispuesto en el Protocolo Tlaxcala, se cree y habilite la página electrónica del programa “Alerta AMBER Tlaxcala”, la cual permita la difusión y consulta pública de las alertas que se encuentren activas y de aquellas que se encuentren desactivadas.
Y que en un plazo de seis meses, se elabore un protocolo de Investigación Ministerial de los delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia de las Víctimas de estos Delitos; se revisen las actas circunstanciadas que se hayan radicado con motivo de denuncias de desaparición de personas, en específico niñas, niños y adolescentes, para analizar si deberán elevarse al rango de averiguación previa y/o carpeta de investigación, y en su caso, realizando a la brevedad las diligencias necesarias para su correcta integración.