Con el objetivo de que exista un correcto uso, destino racional y austero de los recursos públicos, y además se respete el objeto y sentido para el que fueron presupuestados, la diputada María del Rayo Netzahuatl Ilhuicatzi, presentó una iniciativa que busca que los recursos como provisiones económicas, fondos locales u otros reconocidos en el Presupuesto de Egresos del Estado de Tlaxcala que no hayan sido ejercidos al cierre del ejercicio fiscal sean incorporados o redistribuidos al siguiente Presupuesto.

En la sesión ordinaria del Congreso local, la también presidenta de la Comisión de Finanzas y Fiscalización de la LXIII Legislatura local, planteo reforma al segundo párrafo de la fracción VII y la fracción VIII del Artículo 288 y adicionar la fracción IX del Artículo 288 del Código Financiero del Estado de Tlaxcala y sus Municipios.

“El uso y destino de los recursos públicos no sólo debe obedecer la normatividad en materia hacendaria, financiera y de fiscalización federal como local, entre otras; sino también debe estar en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo y con el Plan Estatal de Desarrollo, con los planes sectoriales, y a nivel estatal con el Presupuesto de Egresos del Estado, vigente”, dijo.

El proyecto refiere que el monto de los recursos no ejercidos deberá ser informado por el Ejecutivo del Estado para que se lleve a cabo la redistribución en el inmediato siguiente Presupuesto de Egresos del Estado aplicándose los recursos no ejercidos en programas prioritarios de atención a personas en estado de vulnerabilidad.

De ser aprobada la propuesta, una vez concluida la vigencia del Presupuesto de Egresos, sólo procederá realizar pagos con base en dicho presupuesto, por los conceptos efectivamente devengados en el año que corresponda y que se hubieren registrado en el informe de cuentas por pagar y que integran el pasivo circulante al cierre del ejercicio.

En el caso de las Transferencias federales etiquetadas se estará a lo dispuesto en el artículo 292-A de este Código, y concluida la vigencia del Presupuesto de Egresos, el Ejecutivo local debe entregar el Informe de los Recursos no Ejercidos Relativos a los Fondos Estatales Presupuestados en el Ejercicio Fiscal Inmediato Anterior al Congreso del Estado, a más tardar el 15 de enero del ejercicio fiscal siguiente.

Los entes públicos, a más tardar el 15 de enero de cada año, deberán reintegrar a la Secretaria de Planeación y Finanzas las transferencias locales etiquetadas o recursos que, al 31 de diciembre del ejercicio fiscal inmediato anterior, no hayan sido ejercidos. Los recursos no ejercidos se deben ejercer, a más tardar, en el ejercicio fiscal inmediato siguiente. Los reintegros deberán incluir los rendimientos financieros generados.

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