Por mayoría de votos, los integrantes de la LXIII Legislatura local, aprobaron en sesión extraordinaria diversas modificaciones al Código Penal de Tlaxcala y a la Ley que Garantiza el Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con lo que una vez publicado el decreto en el Periódico Oficial, se sancionará a todo aquel que divulgue, difunda, comparta, distribuya, publique o comercialice imágenes, audios o videos con contenido íntimo o erótico sexual sin el consentimiento de la víctima, hasta con siete años de cárcel.  

Ante, integrantes de diversas organizaciones civiles que promovieron la iniciativa, también conocida como “Ley Olimpia”, se dio lectura al dictamen que señala, entre otras cosas, que las acciones antes mencionadas se considerarán como un delito y se perseguirán por querella, salvo que se trate de personas en situación de discapacidad que no comprendan el significado del hecho o menores de edad.

Incluye penas de tres a cinco años de prisión y multa de 200 a 500 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización.

“Se incrementará hasta en una mitad cuando: el delito sea cometido por el cónyuge o por persona con la que esté, o haya estado unida a la víctima por alguna relación de afectividad, aún sin convivencia; cuando el sujeto activo mantenga una relación laboral, familiar o de amistad con la víctima; se cometa contra una persona en situación de vulnerabilidad social o de origen étnico; se cometa en contra de una persona que por su situación de discapacidad no comprenda el significado del hecho, y cuando se comenta contra menores de edad”.

También refiere, que la autoridad investigadora  del delito podrá ordenar el retiro inmediato de la publicación que se realizó sin consentimiento de la víctima, al administrador o titular de la plataforma digital, medio de comunicación, red social o cualquier otro medio que la contenga. En caso de que la persona que cometa el delito, sea servidor público y trate de aprovecharse de esa situación, además de las sanciones penales será destituido de su cargo.

De igual forma, se destaca que se considerará como “violencia digital” a cualquier acto realizado a través de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC´s), plataformas de internet, redes sociales, correo electrónico, o cualquier otro espacio digitalizado, que implique acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, divulgación de información apócrifa, mensajes de odio, difusión sin consentimiento de contenido íntimo, textos, fotografías, videos y/o datos personales u otras impresiones gráficas o sonoras verdaderas o alteradas.

En esta misma sesión, fueron elegidos los integrantes de la Comisión Permanente de la LXIII Legislatura Local, para el primer periodo de receso del segundo año de ejercicio legal que fungirá del 16 de diciembre de 2019 al 14 de enero de 2020. Estará presidida por el diputado Miguel Covarrubias; Javier Rafael Ortega Blancas y José Luis Garrido Cruz, como primer y segundo secretario; y como vocal Zonia Montiel Candaneda.

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