Cuatro expedientes de tres municipios fueron presentados ante el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) y se declararon improcedentes por no enfocarse en materia electoral, ya que consideraron, se advierten violaciones a la Constitución derivado de la retención de presupuestos, de ahí que deberá ser otra autoridad estatal la encargada de encargarse de los conflictos.

Por lo anterior, los consejeros del TET consideraron que los expedientes refrendaron que no se trató de materia electoral y de ahí que desecharon los expedientes para que analicen la vía para un proceso resolutivo con una mejor metodología.

Consideraron que en caso de declinar estos casos con visión de derechos humanos tampoco sería un enfoque adecuado, por lo que llamaron a acompañar estos casos con mejor enfoque ya que se trata de una violación a la Constitución política.

En su oportunidad, el magistrado presidente, José Lumbreras García refirió que la controversia podría ser tratado por el TSJE de acuerdo a las atribuciones y responsabilidades, así como dejar a salvo los derechos de los promoventes para dirigirse como mejor les convenga por medio de vías legales.

«Debemos brindarle certeza a los justiciables para dónde pueden acudir. Me parecería competencia de las autoridades estatales resolver este conflicto», refirió el magistrado José Lumbreras García.

Por su parte el magistrado Luis Manuel Muñoz llamó al resto del conclave a ser consistentes en cuanto a las decisiones a votar para así no dejar en estado de indefensión a los quejosos.

Finalmente y en votación unánime, decidieron desechar el caso, declararse incompetentes para resolver los casos y dejar a salvo los derechos de los quejosos para que así e dirijan al orden legal respectivo.

Es de señalar que los expedientes TET-JDC-008/2020 por el que se impugna la omisión de liberar el recurso de fondo de fomento municipal correspondiente a diversas fechas para el municipio de Tepeyanco.

Y TET-JDC-011/2020, del municipio de Cuaxomulco para el acto o resolución que se impugna es la omisión en el pago de recursos económicos que corresponden a la comunidad, correspondiente a los años 2017, 2018 y 2019, correspondientes a los fondos federales y estatales se sacaron del orden del día.

En tanto que el expediente TET-AG-020/2020 de Zitlaltepec por el que piden acto o resolución que se impugna es el Decreto Número 190, Presupuesto de egresos del Estado de Tlaxcala para el ejercicio fiscal 2020.

Y el expediente TET-AG-020/2020; del mismo municipio respecto al decreto número 190 publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, consistente en el Presupuesto de Egresos del Estado de Tlaxcala para el ejercicio fiscal 2020.

DEJA UNA RESPUESTA

Please enter your comment!
Please enter your name here