Desde el pasado 23 de octubre entró en vigor la segunda etapa de la Norma Oficial Mexicana (NOM) 035, con el objetivo de establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como para promover un entorno organizacional favorable en las empresas, informó la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
De acuerdo con la nueva disposición aplica en todos los centros de trabajo, pero con obligaciones diferenciadas por el número de trabajadores en cada uno de ellos: donde laboran hasta 15 trabajadores, entre 16 y hasta 50 empleados y donde trabajan más de 50 personas. Esta segunda etapa no aplica para centros de trabajo de hasta 15 trabajadores.
Los centros de trabajo no tienen la obligación de realizar la contratación de externos para cumplir con la normatividad, pues la NOM 035 contiene Guías de Referencia que facilitan la aplicación de manera unilateral.
Hay que recordar que la primera etapa de implementación de esta norma entró en vigor el 23 de octubre de 2019, que comprendía las obligaciones relacionadas con la elaboración y aplicación de la política, las medidas de prevención, la identificación de los trabajadores expuestos a acontecimientos traumáticos severos y la difusión de la información.
De acuerdo con información de la STPS, la segunda fase contempla la identificación y análisis de riesgo psicosocial, la evaluación del entorno organizacional, las medidas y acciones de control, así como la práctica de exámenes médicos y los registros.
La NOM 035 analiza los factores de riesgo psicosocial en el entorno laboral y evalúa las condiciones en las que se desarrollan las actividades, no evalúa el estrés del trabajador o analiza su perfil psicológico.
La normatividad es clara al indicar que los factores considerados con riesgo psicosocial y que de acuerdo con la misma se deben identificar y analizar en las empresas son: las condiciones en el ambiente de trabajo, las cargas de trabajo, las falta de control sobre el trabajo, las jornadas de trabajo y rotación de turnos que excedan lo establecido por la Ley Federal del Trabajo, la interferencia en la relación trabajo–familia, el liderazgo negativo y relaciones negativas en el trabajo, por citar algunos.
Los elementos que se deben evaluar como parte del entorno organizacional son: el sentido de pertenencia de los trabajadores a la organización, la formación para la adecuada realización de las tareas encomendadas, la definición precisa de responsabilidades para los miembros de la organización, la participación proactiva y comunicación entre sus integrantes, la distribución adecuada de cargas de trabajo con jornadas laborales regulares y la evaluación y el reconocimiento del desempeño.
La dependencia federal informa que la práctica de exámenes médicos y/o evaluaciones psicológicas a los trabajadores, se realiza a trabajadores expuestos a violencia laboral y/o a los factores de riesgo psicosocial, cuando existan signos o síntomas que denoten alguna alteración a su salud y el resultado de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial así lo indique.