En segunda lectura, congresistas tlaxcaltecas avalaron reformas y adiciones a la Constitución Política de Tlaxcala, respecto a atribuciones, obligaciones y derechos de quienes integran el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), Derechos humanos (CEDH) y gobierno del estado.
Respecto al Instituto de Acceso a la Información, a este se le dotará de la estructura administrativa y de los recursos necesarios para el ejercicio de sus funciones.
Además de que el instituto contará con un Consejo Consultivo, conformado por cinco consejeros, que durarán en su cargo cuatro años y en la integración del Consejo se preferirá la inclusión de personas con experiencia en materia de transparencia y acceso a la información así como, en general, de derechos humanos.
La modificación a la ley recién modificada, establecerá lo relativo a la instalación del Consejo Consultivo, su estructura y funcionamiento; sus facultades, atribuciones y deberes jurídicos, así como las de sus integrantes; el procedimiento de designación de los consejeros, la forma de suplirlos durante sus ausencias y el espacio físico que el Consejo Consultivo ocupará.
Asimismo determinaron en votación que toda la información en posesión de los sujetos obligados, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional en los términos que fije la ley de la materia.
Mientras que para la CEDH se determinó en el artículo 96 que el titular de la Comisión será electo por el voto de las dos terceras partes del total de los integrantes de la Legislatura del Congreso, asistirá al titular un Consejo Consultivo, integrado por cuatro miembros, designados por mayoría de los diputados presentes. El Presidente de la Comisión, lo será también del Consejo Consultivo y el titular de la Comisión y los integrantes del Consejo Consultivo durarán en su encargo cuatro años y podrán ser reelectos una sola vez por otro período igual, para lo cual se seguirá el procedimiento que para tal efecto establezca la Ley de la materia.
Señalar que la Comisión Estatal de Derechos Humanos, es un organismo autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propios; su finalidad es la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos que ampara el orden jurídico mexicano.
A esto se le sumaron obligaciones para el Poder Ejecutivo respecto a los informes administrativos que debe realizar cada primero de diciembre y los procesos y términos para que el Legislativo pueda llamar a comparecer a los titulares de las secretarías dependientes del gobierno estatal y los plazos de atención que debe cumplir el titular del Ejecutivo.