Ana Lilia Rivera Rivera
Indudablemente el trabajo que estamos realizando desde la Comisión de Estudios Legislativos Segunda es de trascendencia histórica, política y social en beneficio de la sociedad mexicana, pues a poco más de dos años del gobierno de la Cuarta Transformación, cada vez más vamos avanzando en la consolidación de un gobierno democrático y transparente en el uso de los recursos públicos desde los más altos niveles de gobernación.
Ejemplo de ello, es el dictamen por el que se reforma el artículo 74 de la Constitución Política en materia de “Partidas Secretas” que presenté el pasado jueves en el Senado de la República, el cual tiene por objeto, establecer una prohibición expresa y absoluta respecto a la existencia de partidas secretas en el Presupuesto de Egresos de la Federación. Para entender la dictaminación que emití de forma positiva en calidad de presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos Segunda, es menester tener en cuenta que por analogía se ha definido a la “partida secreta” como una caja negra de recursos públicos a disposición discrecional del Presidente de la República que data desde 1917.
Ahora bien, esta figura se da inicialmente en el contexto de la creación de una norma fundamental inclinada hacia la preeminencia del Poder Ejecutivo, pensada como una medida que perseguía un fin legítimo: que el jefe de Gobierno Federal pudiera hacer frente de manera inmediata a situaciones imprevistas que pusieran en riesgo el orden público. Sin embargo, como es de sobra conocido, el caudillismo posrevolucionario y el régimen de partido oficial que le siguió desvirtuaron el sistema presidencial previsto en la Constitución, y con ello, la legitimidad de sus facultades.
De esta manera, con el gobierno autoritario y patrimonialista de la segunda mitad del siglo XX, la “partida secreta” se desvinculó de su objetivo original y se convirtió en una herramienta de opacidad y corrupción por la que el presidente disponía arbitrariamente de los recursos del pueblo sin ningún tipo de rendición de cuentas. En datos concretos, debemos recordar que el uso de la “partida secreta” a partir del gobierno de Miguel Alemán – donde las erogaciones adicionales alcanzaron el 6.5% del gasto total-, se fueron agravando sexenio tras sexenio de modo que, durante el gobierno de Luis Echeverría, tales erogaciones alcanzaron más del 24% del gasto total empeorándose con el gobierno de Salinas de Gortari donde llegó a los 4 mil 634 millones de pesos en promedio.
Es por ello que actualmente la figura en mención carece de razonabilidad y resulta inaceptable en un contexto democrático, no solo porque es una clara afrenta al estado de derecho cuyo fin esencial es la supresión del poder arbitrario, sino porque además se trata de una regla que entraña una inconsistencia constitucional al contravenir principios fundamentales establecidos en el artículo 134 de la ley suprema.
Por lo anterior, no hay duda que la dictaminación es un acto emblemático para la superación del viejo régimen de gobierno autoritario y corrupto, que resulta instrumental para avanzar en la transformación profunda de nuestro país en su tránsito hacia un auténtico estado democrático de derecho donde no haya cabida para actos de poder que queden fuera del escrutinio del pueblo.