La emisión de factura electrónica con complemento Carta Porte, se mantendrá en un periodo de prueba hasta el 31 de marzo del presente año, por lo que no habrá sanciones ni multas por parte de autoridades federales.

Lo anterior lo dio a conocer el Servicio de Administración Tributaria (SAT) quien abundó que la Carta Porte integra todo lo relacionado a los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destinos, así como lo referente al medio por el que se transportan; ya sea por vía terrestre, aérea, marítima o fluvial; y en su caso, incorporar la información para el traslado de hidrocarburos y petrolíferos.

En este sentido, señaló que cuando se traslade mercancía, se deberá generar previamente el CFDI con el complemento Carta Porte, así podrán acreditar la legal estancia y/o tenencia de las mismas durante el traslado, acompañándolas con el archivo digital o la representación impresa.

La información que se debe registrar en el complemento Carta Porte dependerá de los sujetos que intervengan en la operación, el medio de transporte y el tipo de CFDI (Ingreso o Traslado).

Dentro de los beneficios que ofrece este sistema se encuentran el identificar a detalle las mercancías para tener la certeza de qué se transporta y las rutas que sigue.

Conocer el origen y destino de las mercancías, para los casos de verificación aleatorios que permitan anticiparse a los riesgos o amenazas en el traslado.

Brindar información para establecer estrategias que garanticen la seguridad de tránsito en las distintas rutas.

Así como contar con elementos que permitan verificar las operaciones realizadas por las personas que participan en el traslado de mercancías.

Proporcionar elementos a las dependencias públicas responsables de la vigilancia y control de las vías de paso para verificar las mercancías y acreditar su legal estancia y/o tenencia durante su traslado.

Aunado a ello, con este sistema de comprobación fiscal y el complemento Carta porte, se podrá fortalecer el comercio formal, combatir la informalidad y el contrabando.

Los casos en los que no aplica Carta Porte es para camionetas de carga ligera, automóviles o motocicletas y si se realizan traslados de mercancías dentro de una ciudad y con recorridos de hasta 30 kilómetros de tramos federales.

De ahí que el SAT hizo un llamado para mantenerse informado respecto a este sistema además de que se resaltó que policías municipales o estatales no están autorizados para solicitar la Carta Porte y en caso de ser así, podría tratarse de una extorsión, de ahí que se llama a la ciudadanía a denunciar este tipo de actos.

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