En sesión extraordinaria del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET), se desahogó el expediente TET-JDC-011/2022 en el que se dio cuenta de la resolución del acto impugnado sobre la declaración de invalidez de la elección de delegados en la colonia Loma Bonita del municipio de Tlaxcala por haberse presentado diversas irregularidades durante el desarrollo de la misma.
Con lo anterior y al analizar la demanda se encontró la expresión de tres agravios. El primero de ellos consiste en qué la persona representante de una de las candidatas a este cargo de elección popular no tuvo acceso a la lista nominal de electores, por lo que, el tribunal preciso qué la información correspondiente al padrón electoral es confidencial y restringida.
Respecto al segundo agravio en el que se refiere que para la realización de la elección solo se tomó en cuenta la sección electoral 456 omitiendo la sección 457, se detalló que todas las personas qué el día de la jornada electoral presentaron credencial para votar en la cual se observaba que tenían su domicilio en la Colonia Loma Bonita podrían ejercer su derecho a emitir su sufragio. Además que el TET refirió que en esta línea narrativa no se observó la presentación de incidencia durante el día de la jornada, razón que desprende que se les haya negado a las personas emitir su voto en esta elección respecto a la Colonia Loma Bonita.
Finalmente, por cuanto al análisis del agravio tres presentado por la denunciante, en el supuesto que se permitió a personas que no radican en esta esta Colonia emitir su sufragio, el TET señaló que no se encontraron mayores elementos o pruebas suficientes para comprobar la veracidad de las personas qué no radican en Loma Bonita supuestamente emitieron su voto. Es decir que la parte actora emitió manifestaciones genéricas en la demanda, sin pruebas o elementos que sustenten su afirmación, razón que le permitió al TET validar la elección a la titularidad de la delegación de la Colonia Loma Bonita perteneciente al municipio de Tlaxcala.