El Sindicato Nacional de los Trabajadores de la Educación a través de la sesión 31 compartió información sobre préstamos emergentes que se hace en apoyo para trabajadoras y trabajadores de la educación.

A la base magisterial se le hizo conocimiento sobre la creación de la modalidad de préstamos emergentes, los cuales están dentro del tipo de préstamo personal ordinario conformado en el artículo 162 de la ley del Issste, por lo que sus condiciones están directamente ligadas a las de los mismos.

El préstamo emergente cumple con características específicas, entre ellas su asignación es inmediata y es apegado a los requisitos definidos en los mecanismos de operación para los préstamos ordinarios.

Él o la solicitante no deberá contar con un préstamo vigente al momento del otorgamiento, también el monto del préstamo es de hasta 20 mil pesos, otra característica es que el plazo para el cual se otorga es de doce quincenas para trabajadores activos o seis meses para pensionados sin posibilidad de refinanciamiento.

Es importante señalar que la tasa de interés será la misma a la de los préstamos de tipo ordinario, solo se podrá solicitar un préstamo emergente por año y por trabajador o pensionado, una característica más es que no se accede a otro tipo de préstamo en tanto el saldo insoluto de este no cumpla con las condiciones definidas para las conformadas en el artículo 22 del reglamento de otorgamiento y la recuperación de los préstamos personales y su funcionamiento del Issste.

En caso de estar registrado para otro tipo de préstamo mediante el esquema de sorteos electrónicos y se accede a un préstamo emergente suspenderán automáticamente la participación de dicho folio.

Para garantizar que los trabajadores con menores ingresos sean beneficiados con dichos préstamos la asignación de estos se hará conforme a lo siguiente: 50 por ciento de los préstamos se asignarán a trabajadores activos con un salario menor de 14 mil pesos o pensionados con un salario menor a 15 mil pesos para el restante 50 por ciento y para los trabajadores o pensionados con un sueldo mayor a dichos montos.

DEJA UNA RESPUESTA

Please enter your comment!
Please enter your name here