En entrevista con la represéntate legal del municipio de Totolac, Anita Pérez Zempoalteca, con relación a las notas que se han publicado en algunos medios de comunicación sobre la situación que se generó en el predio denominado “Vega del Río” y/o Atzinco en la comunidad de San Juan, con motivo de los trabajos que se realizaron.

La Síndico Municipal informó que estos trabajos corresponden a la nivelación y rastreo de un predio propiedad del municipio de Totolac, de acuerdo a la escritura pública de fecha 17 de noviembre de 1982, registrada ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Tlaxcala.

La entrevistada dijo que una vez concluidos los trabajos de dicho día, un grupo de personas impidió el libre tránsito y retención ilegal de un trabajador que operaba la máquina de trabajo, en calles aledañas fuera del predio mencionado, es decir, a más de un kilómetro de distancia.

La Síndico Municipal abundó que el trabajador solicitó apoyo de la Dirección de Obras Públicas del municipio, toda vez que los inconformes argumentaban que el predio en el que había realizado los trabajos era de su propiedad, ante este hecho, personal de las Direcciones de Obras Públicas, Jurídico y Seguridad Pública Municipal arribaron al lugar de los hechos para aclarar la situación legal del predio y salvaguardar la integridad física de los presentes para así mantener el orden público.

Sin embargo y a pesar de que se exhibieron los documentos con los que el municipio acreditó la propiedad legal del predio, los inconformes insistieron en la privación ilegal de la libertad del trabajador, por lo que, después de entablar diálogo y llegar a las negociaciones entre ambas partes, fue liberado seis horas después ante la presencia de elementos de la Secretaría de Seguridad Ciudadana y Policía Municipal.

Pérez Zempoalteca reiteró el compromiso de la actual administración municipal de actuar dentro del orden legal sin violentar los derechos de los ciudadanos, por lo que, se invita nuevamente a los inconformes a que acudan a las instancias correspondientes para poder acreditar en su caso, la legitima propiedad del bien inmueble antes mencionado.

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