El diputado Fabricio Mena Rodríguez, coordinador del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI) de la LXIV Legislatura del Congreso local, presentó la iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley de Entrega-Recepción para el Estado de Tlaxcala y sus municipios.
Con esta iniciativa busca actualizar dicha Ley para estar acorde con recientes ordenamientos legales que tienen relación con el tema de la entrega-recepción, como la Ley General de Responsabilidades Administrativas y armonizar los términos y conceptos empleados dentro de la Ley de Entrega-Recepción estatal con relación a los otros ordenamientos legales de orden general o local.
En este contexto, se plantea sustituir el término de Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos del Estado de Tlaxcala, que se sigue contemplando en la Ley en comento, y en su lugar, hacer referencia a la Ley General de Responsabilidades Administrativas. De igual forma sustituir Ley de Fiscalización Superior para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios por Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Tlaxcala y sus Municipios; así como cambiar el término “Comisión de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales” por “Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales”.
Asimismo, la iniciativa tiene como objetivo incluir al Órgano Interno de Control dentro del proceso de entrega-recepción e incluso de forma previa, cuando se trate de la conclusión de una administración, para coadyuvar a hacer más dinámicos, transparentes y eficientes los procesos de entrega-recepción. De igual manera, busca que el Órgano de Fiscalización Superior, tenga reconocida la facultad de investigación y substanciación del procedimiento para imponer sanciones a los servidores públicos por las faltas administrativas que se cometan durante los procedimientos de entrega-recepción.
Además, el diputado Fabricio Mena Rodríguez, propone adicionar algunos términos que faciliten la interpretación de la Ley de Entrega-Recepción para el Estado de Tlaxcala y sus municipios como Acto de Entrega-Recepción; Anexos; Archivos; y Recursos; así como reformar la fracción III del artículo 26 de este ordenamiento legal, relativo al contenido de los requisitos que debe contener el acta de entrega-recepción, en donde se establezca el domicilio o medio de comunicación para oír y recibir notificaciones de las y los servidores públicos entrantes y salientes.
La propuesta fue turnada a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos y a la de Finanzas y Fiscalización para su estudio, análisis y dictamen correspondiente.