El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET), aprobó en la sesión extraordinaria de este 29 de julio, declarar la nulidad de las elecciones municipales en Xiloxoxtla y Huamantla; además, avaló retirar los asuntos relativos a medios de impugnación relacionados con el tema de fiscalización, es decir, aquellos en los que se invocó la causal de nulidad de la elección por el rebase de gastos de campaña, hasta que se cuente con la información correspondiente por parte del Instituto Nacional Electoral (INE) y en consecuencia, para también proceder  a la resolución de las impugnaciones por la distribución de regidurías.

Al inicio de la sesión, el Magistrado Presidente, Miguel Nava Xochitiotzi detalló que debido a que la Comisión de Fiscalización del Consejo General del INE modificó los plazos para la fiscalización de los informes de ingresos y gastos de campaña correspondientes a los procesos electorales federales y locales concurrentes 2023-2024 aprobados en el acuerdo INE CG-502/2023, y debido a que la autoridad jurisdiccional requiere del dictamen consolidado para resolver los asuntos relacionados con este tema, se determinó retirar estos del listado de asuntos de la convocatoria.

Lo anterior, con el objetivo de que el TET esté en posibilidades de emitir la resolución dentro de los expedientes en los que se plantearon cuestiones relativas a la fiscalización, para que, a partir del dictamen que se emita, se pueda determinar si se actualiza el rebase de topes de gastos de campaña.

Así, se reservaron las resoluciones correspondientes en todos los asuntos en que se plantearon cuestiones relativas a fiscalización, hasta el momento en que al Tribunal le sea remitido el dictamen consolidado en materia de fiscalización de ingresos y egresos de campaña electoral aludido y una vez acontecido la anterior, en breve término se procederá a dictar la sentencia que en derecho corresponda.

En ese sentido, los asuntos en los que se reclamó la asignación de regidurías, dado que a estos les pudiera  impactar las resoluciones que, en su caso, se llegue a determinar un rebase de tope de gastos de campaña, también el Pleno aprobó retirarlos para su atención posterior, para emitir los proyectos de resolución respectivos.

Posteriormente, se dio paso a la presentación de las sentencias de cada ponencia, iniciando con la relativa al procedimiento especial sancionador TET-PES-010/2024 promovido por una persona militante del partido MORENA, a fin de acreditar presuntos actos anticipados de campaña, atribuidos al otrora candidato a la presidencia municipal del ayuntamiento de Zacatelco propuesto por el Partido del Trabajo, por la colocación de espectaculares, infracción que se declaró como existente, mientras que, las publicaciones en la red social Facebook que fueron denunciadas, fueron calificadas como inexistentes.

La autoridad instructora procedió a certificar el contenido de los espectaculares denunciados una vez comenzadas las campañas, por lo tanto dicha diligencia ya no coincidía con las aportadas por el denunciante, en ese sentido, se procedió al análisis del fondo del presente asunto con las imágenes aportadas por el denunciante, así como con un deslinde presentado por el denunciado ante el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), que no fue oportuno ni razonable, por lo que fue declarada como existente la infracción consistente en actos anticipados de campaña por la colocación de propaganda electoral en espectaculares, pues las imágenes plasmadas en las que se encuentra la propaganda denunciada, corresponde a propaganda electoral, en la que se alentaba a la ciudadanía a votar a favor del partido del Trabajo, y por el denunciado, mismos que fueron amonestados públicamente.

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