El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) aprobó por unanimidad de votos cuatro Acuerdos Plenarios y una Sentencia, entre los que destaca la solicitud de un dictamen antropológico requerido al Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), a través de su oficina en Tlaxcala, para resolver con perspectiva intercultural, la impugnación interpuesta en contra del proceso electivo de la comunidad de Santa Cruz Tetela.
En este tenor, se presentó el Juicio de la Ciudadanía TET-JDC-001/2025, iniciado por personas que aducen que en el proceso de elección comunitaria de la persona titular de la Presidencia de Comunidad de Santa Cruz Tetela, del municipio de Chiautempan, se cometieron diversas irregularidades, por lo que piden que nuevamente se lleve a cabo el proceso electivo comunitario.
Debido a que la comunidad elige a sus autoridades a través de su sistema normativo interno, para tratar este asunto con perspectiva intercultural, para su resolución se deben contar con los elementos de prueba suficientes que permitan conocer el contexto social, político y cultural de la controversia por lo que se aprobó requerir al Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), a través de su oficina en Tlaxcala, para que, por medio de un profesional en la materia, emita dictamen antropológico que permita contar con elementos suficientes para resolver este asunto.
También se abordó el Juicio de la Ciudadanía TET-JDC-328/2024, interpuesto en su momento por quien ocupó la Sindicatura del municipio de Apizaco, por la omisión de pago de diversas prerrogativas, en el que, en la sentencia definitiva dictada por la autoridad jurisdiccional, se ordenó a las autoridades responsables el pago a la actora de la retribución económica por concepto de bono y/o gratificación de fin de administración del ejercicio fiscal 2024.
Debido a que el 9 de enero del año en curso, las responsables remitieron a este Tribunal una póliza de cheque que amparaba la cantidad adeudada a la actora, fechado el tres de dicho mes, del que se le dio vista, sin que realizara manifestación alguna, se tuvo de conformidad con lo pagado.
Por otra parte, en el Juicio Electoral número TET-JE-054/2023, que promovió el Comité Ejecutivo Estatal de Morena en Tlaxcala, para controvertir la notificación de un oficio que le realizó la Dirección de Prerrogativas, Administración y Fiscalización del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE), en el que en la sentencia emitida por el TET se declaró fundado en virtud de que la citada dirección no contaba con facultades para llevar a cabo dicha notificación y ordenó al Instituto dejar sin efectos el oficio impugnado, y emitirá un nuevo oficio para notificarlo al inconforme, debido a que se emitió un acuerdo para delegar a la dirección de prorrogativas la función de ejecutar las acciones necesarias para notificar al actor lo mandatado por el Instituto Nacional Electoral (INE) y al realizarse la nueva notificación ordenada, se dio cumplimiento a lo instruido en la sentencia.
De esta manera, se declaró como totalmente cumplida la sentencia dictada en este juicio y se ordenó el archivo definitivo del asunto.
Posteriormente, se aprobó el acuerdo plenario del expediente TET-JDC-332/2024 y Acumulado, a través del que se dio por cumplida la sentencia emitida dentro de este Juicio de la Ciudadanía presentado por la entonces presidenta de la comunidad de San Simón Tlatlahuquitepec, perteneciente al municipio de Xaltocan, mediante el que demandó al presidente y secretario del Ayuntamiento del Municipio por la omisión del pago de algunas remuneraciones.