{"id":119820,"date":"2021-02-04T08:00:15","date_gmt":"2021-02-04T14:00:15","guid":{"rendered":"https:\/\/sintesis.com.mx\/tlaxcala\/?p=119820"},"modified":"2021-02-03T18:47:56","modified_gmt":"2021-02-04T00:47:56","slug":"contacto-senado-italiano","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sintesis.com.mx\/tlaxcala\/2021\/02\/04\/contacto-senado-italiano\/","title":{"rendered":"Contacto Universitario"},"content":{"rendered":"<p>Debido a la necesidad de crear un texto constitucional despu\u00e9s de la Segunda Guerra Mundial, el 2 de junio del a\u00f1o 1946 los italianos se dieron cita en las urnas con la finalidad de elegir una Asamblea Constituyente, misma que tuvo su sesi\u00f3n inaugural el d\u00eda 25 de junio de ese mismo a\u00f1o.[1]<\/p>\n<p>Dentro de la Asamblea, se design\u00f3 una \u201cComisi\u00f3n de Constituci\u00f3n\u201d, la cual estuvo integrada por miembros pertenecientes a las distintas fuerzas pol\u00edticas italianas, fue conocida como la \u201cComisi\u00f3n de los 75\u201d y presidida por el honorable diputado Bartolomeo \u201cMeuccio\u201d Ruini; tuvo como funciones principales: discutir y elaborar un borrador de lo que ser\u00eda el texto constitucional italiano.<\/p>\n<p>Para que la Comisi\u00f3n cumpliera con la finalidad que le hab\u00eda encomendado el pueblo italiano, fue necesario que se dividiera en los siguientes tres subcomit\u00e9s: Derechos y deberes de los ciudadanos; Organizaci\u00f3n constitucional del Estado; y Relaciones econ\u00f3micas y sociales. Las labores de la Comisi\u00f3n de los setenta y cinco comenzaron el 20 de julio de 1946 y concluyeron con la aprobaci\u00f3n de un \u201cProyecto de Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica Italiana\u201d el 31 de enero de 1947.<\/p>\n<p>El 4 de marzo de 1947, una vez que la Asamblea Constituyente se encontraba presidida por Umberto Terracini comenz\u00f3 el examen del Proyecto, concluyendo con la aprobaci\u00f3n final del mismo el 22 de diciembre de 1947. La Constituci\u00f3n italiana fue promulgada el 27 de diciembre de 1947 y fue publicada en la <em>Gaceta Oficial,<\/em> n\u00famero 298, del 27 de diciembre de 1947. Finalmente, entr\u00f3 en vigor el 1o. de enero de 1948.<\/p>\n<p>En palabras del propio presidente de la Comisi\u00f3n de los setenta y cinco, Bartolomeo \u201cMeuccio\u201d Ruini, la Constituci\u00f3n en s\u00ed misma representaba un himno de esperanza y de fe. El miedo de que la misma desapareciera era infundado, debido a que se ten\u00eda la certeza de que durar\u00eda mucho tiempo, tal vez para la eternidad, pero al mismo tiempo se ir\u00eda complementando y adaptando conforme a las necesidades de las nuevas generaciones teniendo como una base fundamental la experiencia hist\u00f3rica. [2]<\/p>\n<p>Resulta interesante que, de acuerdo con el ya mencionado presidente de la Comisi\u00f3n de los setenta y cinco, el texto constitucional italiano ten\u00eda la finalidad de evolucionar con el devenir de las nuevas generaciones, porque en este sentido, es de gran relevancia la participaci\u00f3n pol\u00edtica juvenil; sin embargo, es contradictorio que en pleno 2020 dicho texto constitucional en verdad aleja la participaci\u00f3n de los j\u00f3venes de la esfera pol\u00edtica de aquella naci\u00f3n, debido a que es el \u00fanico en el mundo que exige al electorado encargado de elegir senadores tener una edad mayor a veinticinco a\u00f1os, como se observar\u00e1 m\u00e1s adelante.<\/p>\n<p><strong>Organizaci\u00f3n de la Constituci\u00f3n italiana <\/strong><\/p>\n<p>Es indispensable mencionar que la Constituci\u00f3n de la Rep\u00fablica italiana est\u00e1 conformada por 139 art\u00edculos y, al igual que las constituciones de la posguerra, se encuentra dividida en dos partes, una dogm\u00e1tica y otra org\u00e1nica. La primera parte se conoce como \u201cDerechos y deberes de los ciudadanos\u201d, que a su vez se encuentra conformada por cuatro t\u00edtulos: I Relaciones civiles, II Relaciones \u00e9ticas-sociales, III Relaciones econ\u00f3micas y IV Relaciones pol\u00edticas.<\/p>\n<p>Por otro lado, la parte org\u00e1nica, tambi\u00e9n denominada como \u201cOrganizaci\u00f3n de la Rep\u00fablica\u201d, la conforman los siguientes seis t\u00edtulos: I El Parlamento; II El Presidente de la Rep\u00fablica; III El Gobierno; IV La Magistratura; V las Regiones, Provincias y Comunas; as\u00ed como VI las Garant\u00edas constitucionales.<\/p>\n<p>En este tenor, el t\u00edtulo que se analizar\u00e1 es el IV, de la primera parte, denominado Relaciones pol\u00edticas, as\u00ed como el t\u00edtulo I de la segunda parte, <em>El Parlamento<\/em>.<\/p>\n<p><strong>Primera parte, T\u00edtulo IV: Relaciones pol\u00edticas <\/strong><\/p>\n<p>El t\u00edtulo IV correspondiente a la primera parte de la Constituci\u00f3n italiana abarca los art\u00edculos del 48 al 54. En dicho t\u00edtulo se define que los electores son todos los ciudadanos, hombres y mujeres, que hayan alcanzado la mayor\u00eda de edad.[8] De igual manera, hace referencia a otra serie de derechos como el voto \u2013derecho que no podr\u00e1 ser limitado sino por incapacidad civil o por efecto de sentencia penal irrevocable\u2013; la libre asociaci\u00f3n con la finalidad de intervenir en asuntos pol\u00edticos nacionales; as\u00ed como el derecho que tienen todos los ciudadanos de presentar peticiones a las C\u00e1maras para generar iniciativas de ley o realizar la exposici\u00f3n de necesidades ciudadanas.<\/p>\n<p><strong>Segunda parte, T\u00edtulo I, El Parlamento <\/strong><\/p>\n<p>El t\u00edtulo I de la segunda parte se encuentra conformado por los art\u00edculos del 55 al 82. El numeral 55 establece que el Parlamento se conforma por la C\u00e1mara de diputados y el Senado de la Rep\u00fablica, mientras que el 56 se\u00f1ala que la C\u00e1mara de diputados se elegir\u00e1 mediante el sufragio universal y directo, para lo cual, si bien establece que solo podr\u00e1n ser electos aquellos ciudadanos que tengan una edad superior a 25 a\u00f1os, no se\u00f1ala una edad espec\u00edfica para los votantes de los mismos, por lo cual bastar\u00e1 contar con la mayor\u00eda de edad, es decir, 18 a\u00f1os.<\/p>\n<p>Sin embargo, cuando se trata del Senado, hay un requisito adicional para el electorado, el art\u00edculo 58 de la norma suprema italiana se\u00f1ala que los senadores son electos mediante sufragio universal y directo, \u00fanicamente, por ciudadanos que hayan superado los 25 a\u00f1os de edad, es decir, aquellos que superan la mayor\u00eda de edad por siete a\u00f1os.<\/p>\n<p><strong>\u00bfPor qu\u00e9 problematizar en torno al requisito de los veinticinco a\u00f1os?<\/strong><\/p>\n<p>Italia es el \u00fanico pa\u00eds del mundo en el que no todos, sino \u00fanicamente aquellos que tienen 25 a\u00f1os o m\u00e1s, eligen a la mitad del Parlamento, lo cual excluye de las votaciones a cerca de cinco millones de j\u00f3venes italianos que no tienen la capacidad de ejercicio para elegir a sus senadores. [3]<\/p>\n<p>A diferencia de lo que acontece en Italia, en casi todo el mundo, los ciudadanos tienen plenos derechos electorales a partir de los 18 a\u00f1os, para elegir a los representantes que habr\u00e1n de ocupar un esca\u00f1o en los distintos parlamentos. Incluso, en la actualidad, 11 pa\u00edses permiten que trescientos millones de ciudadanos a partir de los diecis\u00e9is o diecisiete a\u00f1os acudan a las urnas; se observa por lo tanto una aparente tendencia a disminuir la edad m\u00ednima para ejercer el derecho de voto; sin embargo, la misma a\u00fan no ha hecho presencia en Italia. [4]<\/p>\n<p>De acuerdo con distintos pol\u00edticos italianos, la juventud de este pa\u00eds atraviesa condiciones dif\u00edciles ocasionadas en gran medida por mecanismos que debilitan su capacidad para encontrar una representaci\u00f3n institucional adecuada que vaya de acuerdo a sus expectativas e intereses, por lo que la voz de las nuevas generaciones no se encuentra verdaderamente presente en todas las pol\u00edticas y en todos los procesos de toma de decisiones que les conciernen. [5]<\/p>\n<p><strong>La \u00faltima iniciativa de reforma que abord\u00f3 el tema<\/strong><\/p>\n<p>Si bien es cierto, el registro m\u00e1s reciente que se tiene, seg\u00fan notas de los distintos medios de comunicaci\u00f3n italianos, acerca de la intenci\u00f3n de modificar la disposici\u00f3n relativa a la edad para votar por candidatos al Senado es del a\u00f1o 2016, la realidad es que la \u00faltima iniciativa de reforma en la materia fue la del 15 de abril del 2011, cuando Giorgia Meloni, en ese entonces Ministra de pol\u00edticas juveniles italianas, propuso que la edad para votar por senadores italianos se redujera de 25 a 18 a\u00f1os. [6]<\/p>\n<p>La exposici\u00f3n de motivos de la iniciativa de abril del 2011 fue clara, establec\u00eda que hab\u00eda sido dise\u00f1ada para dar un verdadero valor al m\u00e9rito como principio de rango constitucional (por encima de la edad), con la finalidad de alentar la participaci\u00f3n directa de los j\u00f3venes en la vida econ\u00f3mica, social, cultural y pol\u00edtica de la naci\u00f3n italiana, para garantizar una verdadera renovaci\u00f3n generacional dentro de las instituciones.<\/p>\n<p>Lo anterior, en palabras de Meloni, fue debido a que en Italia, a m\u00e1s de setenta a\u00f1os de la entrada en vigor de la Constituci\u00f3n y a pesar de la importante referencia que hace la Carta Magna a los derechos de los j\u00f3venes, no se ha desarrollado una estrategia real en favor de las nuevas generaciones. Por el contrario, las intervenciones legislativas y las estructuras administrativas establecidas a lo largo de las d\u00e9cadas han generado un sistema que obstaculiza las posibilidades concretas de los m\u00e1s j\u00f3venes de participar activamente en la vida econ\u00f3mica, social, cultural y pol\u00edtica del pa\u00eds italiano.<\/p>\n<p>Para finalizar, es importante se\u00f1alar que, aun cuando el 21 de septiembre del 2011 la C\u00e1mara de diputados aprob\u00f3 el proyecto de ley constitucional de la entonces ministra Meloni, el Senado de la Rep\u00fablica lo rechaz\u00f3 al d\u00eda siguiente. E\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 n este tenor, resulta interesante observar si el tema revive en la agenda p\u00fablica italiana y, en caso de que as\u00ed suceda, analizar las distintas vertientes en las cuales podr\u00eda desembocar.<\/p>\n<p><a href=\"mailto:Jfernandoesru22@live.com.mx\">Jfernandoesru22@live.com.mx<\/a><\/p>\n<p>Twitter: @JUANFERESPINO<\/p>\n<p><strong>Referencias <\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>[1] Senato della Repubblica (2018), \u201cLa storia della nostra Costituzione\u201d, pp. 8-10. Recuperado de https:\/\/bit.ly\/2UXzda1<\/li>\n<li>[2] Senato della Repubblica. (2020), \u201cCostituzione della Repubblica Italiana\u201d. Recuperado de <a href=\"http:\/\/www.senato.it\/1024\">http:\/\/www.senato.it\/1024<\/a><\/li>\n<li>[3] Galardini, G. (2018), \u201cPerch\u00e9 per votare al Senato bisogna avere 25 anni?\u201d. Recuperado de https:\/\/bit.ly\/2UGw9Ae<\/li>\n<li>[4] Morosini, M. (2017), \u201cRiforma elettorale, votare a 18 anni per il Senato. Siamo ancora in tempo\u201d. Recuperado de https:\/\/bit.ly\/39F7Uqt<\/li>\n<li>[5] Corriere della Sera. (2011), \u201cElezione al Parlamento, ecco il Decreto Di Legge\u201d. Recuperado de https:\/\/bit.ly\/3dUTfdQ<\/li>\n<li>[6] Corriere della Sera. (2011), \u201cDeputati gi\u00e0 a 18 anni e senatoria a 25: Decreto Di Legge per cambiare le regole di elezione\u201d. Recuperado de https:\/\/bit.ly\/3aIXKq3<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Debido a la necesidad de crear un texto constitucional despu\u00e9s de la Segunda Guerra Mundial, el 2 de junio del a\u00f1o 1946 los italianos se dieron cita en las urnas con la finalidad de elegir una Asamblea Constituyente, misma que tuvo su sesi\u00f3n inaugural el d\u00eda 25 de junio de ese mismo a\u00f1o.[1] Dentro de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":38,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[11],"tags":[7203,7202,30,153,154,5073,79],"yst_prominent_words":[10232,39657,9513,11433,46550],"class_list":["post-119820","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-vox","tag-contacto-universitario","tag-juan-fernando-espino-rubio","tag-opinion","tag-tlaxcala","tag-tlaxesnoticia","tag-tlaxesnoticiaapp","tag-vox"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/tlaxcala\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/119820"}],"collection":[{"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/tlaxcala\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/tlaxcala\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/tlaxcala\/wp-json\/wp\/v2\/users\/38"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/tlaxcala\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=119820"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/tlaxcala\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/119820\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/tlaxcala\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=119820"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/tlaxcala\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=119820"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/tlaxcala\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=119820"},{"taxonomy":"yst_prominent_words","embeddable":true,"href":"https:\/\/sintesis.com.mx\/tlaxcala\/wp-json\/wp\/v2\/yst_prominent_words?post=119820"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}